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Título: RECONOCIMIENTO DE CARGO DE MARIA LORENA CALFUQUIR-MINISTERIO DE GOBIERNO |
Fecha Registro: 11/11/2004 |
Detalle: VISTO: El Expediente N° 01761-GB-04, y CONSIDERANDO: Que por el presente expediente se solicita dejar a cargo de la División Matrimonios, Clase III, Agrupamiento Personal Jerárquico del Plantel Básico de la Dirección Registro Civil Delegación Trelew Norte de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, dependiente de la Subsecretaría de Gobierno y Justicia del Ministerio de Gobierno Trabajo y Justicia, a la agente María Lorena CALFUQUIR, cargo Ayudante Administrativo Código 3-004- Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, del Plantel Básico de la Dirección mencionada a partir del 12 de Julio de 2004; Que la agente mencionada se encuentra con asignación de funciones en la Dirección Registro Civil Delegación Trelew Norte, desde el día 26 de Mayo de 2003, conforme Resolución N° 11-72/03; Que el cargo Jefe de División Matrimonios de la Dirección Registro Civil Trelew Norte de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas se encuentra transitoriamente vacante por encontrarse su titular ocupando un cargo de mayor jerarquía; Que en consecuencia, corresponde reconocer lo actuado y abonar a la agente María Lorena CALFUQUIR, la diferencia salarial correspondiente entre su cargo de revista y el cargo Jefe de División Matrimonios, por aplicación del Artículo 105° del Decreto Ley 1987, reglamentado por Decreto N° 116/82; Que se deberá exceptuar el presente trámite de lo dispuesto por el Artículo Io de la Ley 3309, modificado por Decreto N° 1251/94, por aplicación del inciso c) del mismo Artículo y norma legal; Que corresponde exceptuar el presente trámite del criterio de irretroactividad por aplicación del Artículo 32° Punto 3 del Decreto Ley 920: Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de Gastos y Recursos de la Administración Provincial, puesto en vigencia para el Ejercicio 2004, mediante Decreto N° 01/04; modificado por la Ley 5146; Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención en el presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS DECRETA: Artículo 1°.- Reconocer lo actuado por la agente María Lorena CALFUQUIR ( D.N.I N 26.067.399, Clase 1977 ), Cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004, Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno y Justicia del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, a cargo de la División Matrimonios, Clase III, Agrupamiento Personal Jerárquico del Plantel Básico de la Dirección Registro civil Trelew Norte, de la citada Dirección general, a partir del 12 de Julio de 2004 y hasta la fecha del presente Decreto. Artículo 2°.- Déjase a cargo de la División Matrimonios, Clase III, Agrupamiento Personal jerárquico del Plantel Básico de la Dirección Registro Civil Delegación Trelew Norte, de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno y Justicia del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia,, a la agente María Lorena CALFUQUIR (D.N.I N° 26.067.399, Clase 1977), cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004- Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, del Plantel Básico de la citada Dirección General, a partir del presente Decreto y hasta el reintegro de su titular. Artículo 3°.- Abónese a la agente mencionada en el Artículo anterior, la diferencia salarial correspondiente entre su cargo de revista y el de Jefe de División Matrimonios de la -Dirección Registro Civil Delegación Trelew Norte de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, dependiente de la Subsecretaría de Gobierno y Justicia del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, conforme lo determinado por el Artículo 105° del Decreto Ley 1987, reglamentado por Decreto N° 116/82. Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente expediente deberá ser afectado a la Jurisdicción 20 - Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, Programa 18 - Registro e Identidad de las personas. Artículo 5°.- Regístrese, comuniqúese,notifíquese,dése al Boletín Oficial y cumplido Archívese. DECRETO 2024/04 |
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