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Decreto 2024 / 2004 Mario Das Neves (I) 

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Título: RECONOCIMIENTO DE CARGO DE MARIA LORENA CALFUQUIR-MINISTERIO DE GOBIERNO
 
Fecha Registro: 11/11/2004
 
Detalle:

VISTO:
El Expediente N° 01761-GB-04, y
CONSIDERANDO:
Que por el presente expediente se solicita dejar a cargo de la División Matrimonios, Clase III, Agrupamiento Personal Jerárquico del Plantel Básico de la Dirección Registro Civil Delegación Trelew Norte de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, dependiente de la Subsecretaría de Gobierno y Justicia del Ministerio de Gobierno Trabajo y Justicia, a la agente María Lorena CALFUQUIR, cargo Ayudante Administrativo Código 3-004- Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, del Plantel Básico de la Dirección mencionada a partir del 12 de Julio de 2004;
Que la agente mencionada se encuentra con asignación de funciones en la Dirección Registro Civil Delegación Trelew Norte, desde el día 26 de Mayo de 2003, conforme Resolución N° 11-72/03;
Que el cargo Jefe de División Matrimonios de la Dirección Registro Civil Trelew Norte de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas se encuentra transitoriamente vacante por encontrarse su titular ocupando un cargo de mayor jerarquía;
Que en consecuencia, corresponde reconocer lo actuado y abonar a la agente María Lorena CALFUQUIR, la diferencia salarial correspondiente entre su cargo de revista y el cargo Jefe de División Matrimonios, por aplicación del Artículo 105° del Decreto Ley 1987, reglamentado por Decreto N° 116/82;
Que se deberá exceptuar el presente trámite de lo dispuesto por el Artículo Io de la Ley 3309, modificado por Decreto N° 1251/94, por aplicación del inciso c) del mismo Artículo y norma legal;
Que corresponde exceptuar el presente trámite del criterio de irretroactividad por aplicación del Artículo 32° Punto 3 del Decreto Ley 920:
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de Gastos y Recursos de la Administración Provincial, puesto en vigencia para el Ejercicio 2004, mediante Decreto N° 01/04; modificado por la Ley 5146;
Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención en el presente trámite;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
Artículo 1°.- Reconocer lo actuado por la agente María Lorena CALFUQUIR ( D.N.I N
26.067.399, Clase 1977 ), Cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004, Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno y Justicia del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, a cargo de la División Matrimonios, Clase III, Agrupamiento Personal Jerárquico del Plantel Básico de la Dirección Registro civil Trelew Norte, de la citada Dirección general, a partir del 12 de Julio de 2004 y hasta la fecha del presente Decreto.
Artículo 2°.- Déjase a cargo de la División Matrimonios, Clase III, Agrupamiento Personal
jerárquico del Plantel Básico de la Dirección Registro Civil Delegación Trelew Norte, de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno y Justicia del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia,, a la agente María Lorena CALFUQUIR (D.N.I N° 26.067.399, Clase 1977), cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004- Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, del Plantel Básico de la citada Dirección General, a partir del presente Decreto y hasta el reintegro de su titular.
Artículo 3°.- Abónese a la agente mencionada en el Artículo anterior, la diferencia salarial correspondiente entre su cargo de revista y el de Jefe de División Matrimonios de la -Dirección Registro Civil Delegación Trelew Norte de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, dependiente de la Subsecretaría de Gobierno y Justicia del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, conforme lo determinado por el Artículo 105° del Decreto Ley 1987, reglamentado por Decreto N° 116/82.
Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente expediente deberá ser afectado a la Jurisdicción 20 - Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, Programa 18 - Registro e Identidad de las personas.
Artículo 5°.- Regístrese, comuniqúese,notifíquese,dése al Boletín Oficial y cumplido Archívese.
DECRETO 2024/04
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