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Título: Establécese una bonificación especial en concepto de presentismo para el personal . |
Fecha Registro: 10/03/1986 |
Detalle: RAWSON 10 MAR 1986 LEY N° 2675 LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE LEY Artículo 1° Modifícase el inciso h) del artículo 4º de la Ley N° 2338, el que quedará redactado de la siguiente forma: inciso h) Bonificación por zona VEINTICINCO POR CIENTO (25$). Articulo 2°- Establécese una bonificación especial en concepto de presentismo para el personal Docente del Consejo Provincial de Educación, con sistente en el DIEZ (10)POR CIENTO de la remuneración mensual devengada por todo concepto, con la sola excepción de las asignaciones familiares Sobre esta bonificación se efectuarán los descuentos previstos en el régimen previsional, debiéndose considerar este DIEZ (10) POR CIENTO a los efectos del haber jubilatorio.. Artículo.3° El gasto que danande el cumplimiento de la presente Ley, será imputado en Jurisdicción! 2 - Ministerio de Gobierno, Educación y Justicia - Unidad de Organización 2/1 1 - Consejo Provincial de Educación - Carácter 1 - Finalidad 5 - Función 20 - Sección 1 - Sector 1 - Partida Principal 1 — Personal — Ejercicio 1986. Artículo 4º La presente Ley tendrá vigencia a partir del Io de enero de 1986 y regirá a partir de su promulgación. Articulo 5º - Comuniqúese al Poder Ejecutivo.- LEY Nº 2675 PROMULGADO - DECRETO Nº 406/1986. |
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