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Título: MODIFICANSE ARTICULOS DE LA LEY Nº 3122 |
Fecha Registro: 24/11/1988 |
Detalle: RAWSON 24 NOV 1988 LEY Nº 3192 LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE LEY: Artículo 1º).- Modifícase el artículo 2º de la Ley 3122, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 2º).- Incorpórase a la Administración Pública Provincial a partir del 9 de mayo de 1988, la Escuela Municipal de Bellas Artes de Comodoro Rivadavia qeu pasará a formar parte de la Escuela Superior de Arte la que, creada por Ley 2830, depende de la Dirección de Educación Media y Superior y funciona en la citada localidad. Artículo 2º).- Modifícase el artículo 4º de la Ley 3122, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 4º).- Increméntase, a partir del 9 de mayo de 1988, la planta de personal de la Dirección de Educación Media y Superior en: 2 (dos) cargos Regente Nivel Superior; 1 (un) cargo Prosecretario de Primera, Nivel Medio; 1 (un) cargo Jefe Preceptor de Primera Nivel Medio; 1 (un) cargo Preceptor Nivel Medio; 1 (un) cargo Maestro Especial Nivel Medio; 2 (dos) cargos Ayudante Trabajo Práctico Nivel Medio". Artículo 3º).- Comuníquese al Poder Ejecutivo. LEY Nº 3192 |
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