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Ley 2278

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Título: EDUCACION: MODIFICASE ARTICULOS 10º Y 13º DEL DECRETO-LEY Nº 1820
 
Fecha Registro: 21/03/1984
 
Detalle:

LEY Nº 2278, Rawson 21 de marzo de 1984

B.O. Nº 4.481 del 27 de Marzo de 1984

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

Artículo 1º).- Modifícanse los artículos 10º y 13º del Decreto Ley Nº 1820 los que quedarán redactados de la siguiente forma:

"Artículo 10º Personal Técnico de Supervisión:

a).- En la Supervisión Técnica General:
Indices Totales

1) Supervisor General 1199
2) Supervisor Secretario de
Supervisor General 1049
3) Supervisor Seccional 1049
4) Supervisor Coordinador de
Enseñanza Especial 1039
5) Supervisor Coordinador de
Escuela para Adulto 1039
6) Supervisor Coordinador de
Escuela con Internado 1039
7) Supervisor Coordinador de
Educación Física 1025
8) Supervisor Coordinador de
Educación Musical 1025
9) Supervisor Coordinador Actividades
Plásticas y Prácticas 1025
10) Supervisor Escuelas Comunes 990
11) Supervisor Escuelas Especiales 990
12) Supervisor Escuelas para Adultos 990
13) Supervisor Escuelas con Internado 990
14) Supervisor Materias Especiales 990
b)- En la Dirección de Educación Inicial:
1) Director Educacional Inicial 1.049
2) Supervisor Educacional Inicial 990

"Artículo 13º).- En las Escuelas para Adultos:

1) Director Primera Categoría 438
2) Director Segunda Categoría 422
3) Director Tercera Categoría 408
4) Maestro de Grado 351
5) Maestro Especial 327

b) En los Jardines de Infantes:

1) Director Primera Categoría 548
2) Director Segunda Categoría 477
3) Director Tercera Categoría 439
4) Vicedirector 437
5) Maestro de Grado 402
6) Maestro Especial 322
7) Maestro Celador 310

c) En las Escuelas Especiales:

1) Director 574
2) Vicedirector 513
3) Maestro de Grado 435
4) Maestro Especial 326
5) Maestro Preceptor 284

d).- En las Escuelas Hospitalarias y Domiciliarias:

1) Director de Segunda Categoría 443
2) Maestro de Grado 402
3) Maestro Especial 322

Artículo 2º).- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut, a los quince días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y cuatro.

Cr. JUAN CARLO ALTUNA
CESAR LEONARDO ARIAS, Secretario de Enlace.
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Modifica) Ley 1820

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)