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Título: PROYECTO ACREDITACIÓN DE LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE |
Fecha Registro: 08/11/1999 |
Detalle: RAWSON 08 DE NOVIEMBRE 1999 VISTO: El Expediente N°1806-MCE-1999, y CONSIDERANDO: Que el avance del proceso de transformación de la Educación en la Provincia del Chubut en el marco de la Ley Federal de Educación N° 24.195, implica la necesidad de continuidad de las acciones en marcha, como también las diseñadas para el nuevo año; Que la Subsecretaría de Educación y la Dirección General de Educación Superior, Capacitación y Formación Docente han fundamentado la necesidad de implementación del Proyecto "Acreditación de los Institutos Superiores de Formación Docente: acciones de acompañamiento, seguimiento y evaluación; Que conforme lo establece el Artículo 32°, Inciso 23) de la Ley N° 4154 prorrogada por Ley N° 4410 faculta al Poder Ejecutivo a autorizar proyectos que correspondan al marco de la Constitución Provincial, de la Ley Federal de Educación y la Ley de Educación Superior, Que resulta fundamental por los motivos enunciados en los Considerandos anteriores la asignación de horas cátedra para el desarrollo del mencionado Proyecto; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por Ley N° 4451, dándose cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de Emergencia Económica N°4154 prorrogada por Ley N° 4410; Que la Dirección de Asesoría Legal del Ministerio de Cultura y Educación ha dictaminado respecto a la legalidad del trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°) Convalídase a partir del 01 de Junio de 1999 y hasta la fecha del dictado del presente Decreto, la implementación del Proyecto Acreditación de los Institutos Superiores de Formación Docente: acciones de acompañamiento, seguimiento y evaluación que como Anexo I (Hojas 1-2) forma parte integrante del presente acto administrativo. . Artículo 2°) Apruébase a partir del dictado del presente Decreto y hasta el 31 de Diciembre de 1999 el Proyecto convalidado por el Artículo anterior. Artículo 3°) Reconócese el desempeño en las funciones hasta la fecha del dictado del presente Decreto del personal que a continuación se detalla a partir de las fechas y con la asignación de horas cátedra de Nivel Superior que en cada caso se indica, para la implementación del Proyecto: Acreditación de los Institutos Superiores de Formación Docente: acciones de acompañamiento, seguimiento y evaluación: Licenciada Monica Riba (DNI N° 13.160.548), diez (10) horas cátedra de Nivel Superior, desde el 01 de Junio de 1999. Profesora María Catalina Scarlata (DNI N° 13.553.243) quince (15) horas cátedra de Nivel Superior, desde el 01 de Julio de 1999. Señor Oscar Agüero (DNI N°. 13.988.057), seis (6) horas cátedra de Nivel Superior, desde el 01 de Junio de 1999. Artículo 4°) Asígnase a partir de la fecha del dictado del presente Decreto y hasta el 31 de Diciembre de 1999 al personal que se menciona en el Artículo 3° la cantidad de horas cátedra que en cada caso se indica, para la implementación del Proyecto: Acreditación de los Institutos Superiores de Formación Docente: acciones de acompañamiento, seguimiento y evaluación: Artículo 5°) Establécese que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será afectado a la Jurisdicción 50: Ministerio de Cultura y Educación, Programa 19: Educación Superior- Fuente de Financiamiento 111. Artículo 6°) El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Cultura y Educación y de Hacienda, Obras y Servicios Públicos. Artículo 7°) Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.- DECRETO Nº 1386/1999.- |
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