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Título: APROBACIÓN DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA A FAMILIAS DIRECTAS Y SOLIDARIAS QUE BRINDEN PROTECCIÓN Y CUIDADO A PERSONAS MAYORES DE 60 AÑOS EN RIEGO |
Fecha Registro: 07/10/1998 |
Detalle: RAWSON, 07 DE MAYO DE 1998.- VISTO: El Expediente Nº 0486-MSAS-98; y CONSIDERANDO: Que en la Nº 4332 de Promoción y Protección Integral de la tercera Edad se propone a la implementación de medidas orientadas a la protección de las personas mayores; Que partiendo de tal premisa, en el expediente del visto se impulsa un Programa de Asistencia a Familias Directas y solidarias que brinden Protección y cuidado a Personas Mayores de 60 Años en riegos; Que resulta auspiciosa la puesta en marcha de este programa por cuanto a través del mismo se fomenta la permanencia de las personas mayores en el ámbito familiar, Que este gobierno provincial estima conveniente implementar el programa propuesto como una medida de acción preventiva en el marco de lo establecido por los artículos 5º y 6º inc. d) de la Ley 4332; Que a fs.21 se ha expedido favorablemente la Dirección de Asuntos Legales, emitiendo el dictamen correspondiente; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Articulo 1º: Apruébese el Programa de Asistencia a Familias Directas y Solidarias que brinden Protección y cuidado a Personas Mayores de 60 Años en Riego que como Anexo forma parte del presente decreto. Articulo 2º: el gasto que demande la implementación del Programa aprobado en el articulo anterior, será imputado a la JURISDICCION 40, Programa 16, Actividad 3, Inciso 5, Ejercicio 1998.- Articulo 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretarios de Estado en el departamento de Salud y Acción Social.- Articulo 4º.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.- DECRETO Nº 412/1998.- |
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