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Título: DESIGNACION DE SIVANA ELZABETH BOVERO |
Fecha Registro: 30/12/2008 |
Detalle: RAWSON, 30 DE DICIEMBRE DE 2008 VISTO: El Expediente N° 07245-MCG-2008; y CONSIDERANDO: Que por el citado Expediente, se solicita dejar sin efecto la designación a cargo del Departamento Licitaciones y Compras - Agrupamiento Personal Jerárquico - Clase II - Categoría 16, de la Dirección General de Administración, otorgada mediante Decreto N° 806/08, al agente Cristian Horacio TRIPAILAF, quien revista en el cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Clase IV - Categoría 4 -Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria, dependiente de la Dirección General de Coordinación, ambas del Ministerio de Coordinación de Gabinete, a partir de la fecha del presente Decreto; Que se propone designar a cargo del Departamento Licitaciones y Compras -Agrupamiento Personal Jerárquico - Clase II - Categoría 16, de la Dirección General de Administración, a la agente Silvana Elizabeth BOVERO, quien revista en el cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Clase IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria del citado Plantel Básico, por aplicación del Artículo 101° del Decreto Ley N° 1987; Que resulta procedente el pago de la diferencia salarial existente entre el cargo de revista y el cargo a subrogar, a la agente Silvana Elizabeth BOVERO, en la medida que desempeñe las funciones asignadas, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 105° del Decreto Ley N° 1987, reglamentado por el Artículo 1°, Punto 11, Apartado 2 del Decreto N° 116/82, y por aplicación del Decreto N° 700/92; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra pre¬visto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley N° 5704; Que el gasto que demande el presente Decreto será imputado en la Juris¬dicción 10 - Ministerio de Coordinación de Gabinete - S.A.F. 10 - Programa 1 -Conducción del Ministerio de Coordinación de Gabinete - Actividad 1 - Conducción, Ejecución y Administración del Ministerio de Coordinación de Gabinete; Que la Dirección General de Administración de Personal del Ministerio de Coordinación de Gabinete, ha tomado intervención en el presente trámite; Que la Asesoría General de Gobierno interviene en el presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Dejar sin efecto a partir de la fecha del presente Decreto, la designación a cargo del Departamento Licitaciones y Compras - Agrupamiento Personal Jerárquico - Clase II - Categoría 16, de la Dirección General de Administración, otorgada mediante Decreto N° 806/08, al agente Cristian Horacio TRIPAILAF (M.I.N° 31.504.828 - Clase 1985), quien revista en el cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Clase IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria, dependiente de la Dirección General de Coordinación, ambas del Ministerio de Coordinación de Gabinete.- Artículo 2°.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto, a cargo del Departa¬mento Licitaciones y Compras - Agrupamiento Personal Jerárquico -Clase II - Categoría 16, de la Dirección General de Administración, a la agente Silvana Elizabeth BOVERO (M.I.N° 26.544.327 - Clase 1978), quien revista en el cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Clase IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria, del mismo Plantel Básico.- Artículo 3°.- La agente designada en el Artículo 2° del presente Decreto, percibirá la diferencia salarial existente entre el cargo de revista y el que subroga, en la medida que desempeñe las funciones asignadas, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 105° del Decreto Ley N° 1987, reglamentado por el Artículo 1°, Punto II, Apartado 2 del Decreto N° 116/82, y por aplicación del Decreto N° 700/92.- Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será impu¬tado a la Jurisdicción 10 - Ministerio de Coordinación de Gabinete -S.A.F. 10 - Programa 1 - Conducción del Ministerio de Coordinación de Gabinete -Actividad 1 - Conducción, Ejecución y Administración del Ministerio de Coordinación de Gabinete.- Artículo 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Coordinación de Gabinete.- Artículo 6°.- Regístrese, notifíquese, comuniqúese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.- DECRETO N° 1811/2008 |
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