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| Título: INCREMENTO LA PLANTA PRESUPUESTARIA DE PERSONAL, DE LA SUBSECRETARIA DE TRABAJO |
| Fecha Registro: 31/12/1998 |
| Detalle: RAWSON 31 DE DICIEMBRE 1998 VISTO: El Expediente N° 1742-GB-98; y CONSIDERANDO: Que por Ley N° 4436, se incremento la Planta Presupuestaria de Personal, de la Subsecretaria de Trabajo, aumentando la Planta de Personal Temporario; Que atento a las necesidades funcionales y operativas de la Subsecretaría de Trabajo, y a fin de cumplir con los convenios suscriptos por la Provincia del Chubut y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, aprobados por Ley N° 4243, más el efectivo cumplimiento de la Ley 4399, reglamentada por Decreto N° 1247/98, por la cual se establece un régimen especial de facilidades de pago para empleadores que adeuden la tasa por el Artículo 38** de la Ley 3270, es imprescindible incorporar personal en dicho organismo laboral; Que en consecuencia se propone la mensualización de las personas que figuran en el Anexo I - hojas 1 a 3, del presente, quienes reúnen los requisitos para ocupar los cargos en que se propicia su designación; Que se deberá exceptuar el presente trámite de lo normado en el Artículo 1° de la Ley 3309 modificado por Decreto N° 1251/94, conforme lo determinado por el segundo párrafo del mismo Artículo de la mencionada norma; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por Ley 4348, dándose cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 4154, prorrogada por Ley 4338; Que la Dirección General de Administración de Personal a fs. 57, ha emitido opinión favorable acerca de la legalidad del presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS DECRETA: Artículo 1°.- Exceptúase el presente trámite de lo normado en el Artículo 1° de la Ley 3309 modificado por Decreto N° 1251/94, conforme lo determinado por el segundo párrafo, inciso b) del mismo Artículo de la mencionada norma. Artículo 2°.- Mensualízase a partir de la fecha del presente Decreto, en los cargos y en las Delegaciones Regionales de la Subsecretaria de Trabajo, Trelew, Comodoro Rivadavia, Puerto Madryn y Esquel respectivamente, dependiente del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, a las personas que figuran en el Anexo I - hojas 1 a 3, que forman parte integrante del presente Decreto. Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será afectado a Jurisdicción 20- Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, Programa 22-Policía del Trabajo y Empleo. Artículo 4°.- Regístrese, comuniqúese, dése al Boletín Oficial y cumplido Archívese. DECRETO Nº 1487/1998. |
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