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Decreto 873 / 2013 Martín Buzzi 

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Título: INCORPORACION A PLANTA EN LA SEC. DE SEGURIDAD
 
Fecha Registro: 01/07/2013
 
Detalle:

RAWSON, 01 JUL 2013
VISTO:
La Ley I N° 341 expediente N° 359/13 JP; y Decreto N° 586/13
CONSIDERANDO:
Que por la Ley I N° 341 se creó la Planta Transitoria con el objetivo de reemplazar
los contratos de locación de obra que suscribía la Administración Pública Provincial;
Que por Decreto N° 586/13 se crea un régimen especial para los empleados que
cumplen funciones pertenecientes a los centros de monitoreo;
Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita la incorporación a la Planta
Transitoria de la Policía de la Provincia del Chubut dependiente de la Subsecretaría de
Seguridad de la Secretaría de Seguridad y Justicia de los ciudadanos PARDO SAID,
Jonatan Misael; VAAMONDE, Samanta Elizabeth; SARUBBE, Néstor Ivan; MORAGA ,
Mariela Elina; GONZÁLEZ, María Belén; AZOCAR, Nery Paul; VILLARREAL, María
Rosa; EVANS, Emilio Alfredo; OBANDO, Brenda Alejandra; CASTILLO BELTRAN,
Rocío Belén; BLANCO, Janet Noelia; CHACÓN, Claudia Lucía; FERREYRA Stefanía
Anahí; TRONCOSO, Soraya Fabiana; CEPEDA, Sofía Ailen; GUTIÉRREZ, Florencia
Alejandra; GONZÁLEZ FERNANDEZ, Yanel Anahí; BORDÓN, Bettiana Anabel y
GAVILÁN, Laura Cecilia;
Que razones de servicio tornan oportuno y conveniente dotar a la Policía de la
Provincia del Chubut dependiente de la Subsecretaría de Seguridad de la Secretaría de Seguridad y Justicia con diecinueve (19) cargos administrativos;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el
Presupuesto General de la provincia, aprobado por Ley II N° 148 del Digesto Jurídico;
Que ha tomado debida intervención el Cuerpo Jurídico (Asesoría Letrada) de la
Institución;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención en
el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Incorpórense a la Planta Transitoria de la Policía de la Provincia dependiente de la Subsecretaría de Seguridad de la Secretaría de Seguridad y Justicia, en los centros de monitoreo de la ciudad de Trelew, para cumplir funciones de videovigilador a los ciudadanos PARDO SAID, Jonatan Misael (M.I.N0 29.692.133, Clase 1982); VAAMONDE, Samanta Elizabeth (M.I.N0 30.261.941, Clase 1983); SARUBBE, Néstor Ivan (M.I.N0 35.357.082, Clase 1990); MORAGA, Mariela Elina (M.I. N° 24.811.145
Clase 1975); GONZÁLEZ, María Belén (M.I.N0 26.544.212 Clase 1978); AZOCAR, Nery
Paul (M.I.N° 31.978.323, Clase 1986); VILLARREAL, María Rosa (M.I.N0 29.282.539,
Clase 1982); EVANS, Emilio Alfredo (M.I.N0 31.148.584, Clase 1984); OBANDO, Brenda
Alejandra (M.I.N0 31.914.820, Clase 1985); CASTILLO BELTRAN, Rocío Belén (M.I.N0
35.887.436, Clase 1991); BLANCO, Janet Noelia (M.I.N0 33.059.197, Clase 1987);
CHACÓN, Claudia Lucía (M.I.N0 28.224.338, Clase 1980); FERREYRA Stefanía Anahí
(M.I.N0 35.171.591, Clase 1990); TRONCOSO, Soraya Fabiana (M.I.N0 29.878.844, Clase
1981); CEPEDA, Sofía Ailen; (M.I.N0 37.147.989, Clase 1993); GUTIÉRREZ, Florencia
Alejandra (M.I.N0 38.046.043, Clase 1993); GONZÁLEZ FERNANDEZ, Yanel Anahí
(M.I.N0 36.757.064, Clase 1992) BORDÓN, Bettiana Anabel (M.I.N0 33.946.544, Clase
1989) y GAVILÁN, Laura Cecilia (M.I.N0 25.026.693, Clase 1977), a partir de la fecha del
presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2013, quienes percibirán la remuneración mensual de PESOS CINCO MIL TRESCIENTOS ($5.300), menos los descuentos de la Ley XVIII N° 32, con la excepción establecida en el artículo 10 inciso a) punto 2) del cuerpo legal citado, el que será descontado a partir de la incorporación a la planta de personal que en su caso corresponda y los del artículo 8° de la Ley I N° 341.-
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la Jurisdicción - 9 - Secretaría de Seguridad y Justicia - SAF 21 Programa - 23-
Seguridad - Actividad 1 - Seguridad - Ejercicio 2013.-
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de
Estado en el Departamento de Coordinación de Gabinete":
Artículo 4°.- Regístrese, comuniqúese, dése al Boletín Oficial y cumplido. ARCHIVESE.
DECRETO N° 873
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