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Título: REGLAMENTO DE VIATICOS |
Fecha Registro: 25/07/2013 |
Detalle: RAWSON, 25 JUL 2013 VISTO: El Expediente N° 1360-EC-2013; Y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 181/02 se reglamentó la compensación de viáticos y gastos de movilidad de los agentes de la Administración Pública Provincial, cualquiera fuera su jerarquía, función, categoría, situación de revista de planta temporaria o permanente; Que mediante Decreto N° 648/12 se fijaron los viáticos para los agentes de la Administración Publica Provincial; Que por el expediente citado en el visto se propone modificar dichos valores y fijar la nueva escala de viáticos para los agentes de la Administración Publica Provincial Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1o: Modificase el artículo 1o del Decreto N° 648/12, el que quedara redactado de la siguiente manera: Articulo 1o: FIJANSE a partir del 1 de julio de 2013, nuevos valores para viáticos a percibir por los agentes de la Administración Pública Provincial, los que se liquidaran de acuerdo a la escala que se determina a continuación: CATEGORÍA A: $ 377.00". CATEGORÍA B: $ 455.00. CATEGORÍA C: $ 659.00. Artículo 2o: Equiparase a la categoría A de la escala de viáticos, el valor que perciban los contratados de la Administración Pública Provincial, para atender todos los gastos que le ocasione el viaje en cumplimiento de su contrato. Artículo 3o: El presente Decreto ser refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Cordinación de Gabinete. Artículo 4o: REGÍSTRESE, comuniqúese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE. DECRETO N° 980 |
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