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Título: CREACION FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3.66 "FONDO ESPECIAL ESCRIBANIA DE GOB. LEY I N° 450 |
Fecha Registro: 04/10/2013 |
Detalle: RAWSON, 04 OCT 2013 VISTO: El expediente N°3199-GB-13; y CONSIDEFIANDO: Que por la Ley II N° 148, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados, para el ejercicio 2013; Que por el expediente N° 3199-GB-13, la Escribanía General de Gobierno, solicita la creación de la Fuente de Financiamiento 3.66 denominada "Fondo Especial Escribanía de Gobierno Ley I N° 450" con el objeto de regularizar los ingresos y egresos correspondiente a dicho Fondo Especial; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 14 inciso b) de la Ley II N° 148, se autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar al Presupuesto los recursos con fines específicos cuando la proyección de los mismos supere el monto originariamente previsto; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1o.- Crease la Fuente de Financiamiento 3.66, denominada "Fondo Especial Escribanía de Gobierno Ley I N° 450".- Artículo 2°.- Incorpórase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2013, la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000.-) en la Jurisdicción 20, S.A.F. 27 - SAF Escribanía General de Gobierno, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa N° 1, que forma parte del presente Decreto.- Artículo 3°.- Comuniqúese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.- Artículo 4°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Coordinación de Gabinete.- Artículo 5°.- Regístrese, comuniqúese, dése al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas, cumplido ARCHÍVESE.- DECRETO N° 1373 |
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