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Título: DESIGNACION DE BORDA ISABEL |
Fecha Registro: 07/04/2015 |
Detalle: RAWSON, 07 ABR 2015 VISTO: El Expediente N° 5030/14 - M.S.; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto se solicita la designación de la señora BORDA, Isabel para desempeñarse a cargo de la Dirección del Hospital Rural Río Mayo dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Comodoro Rivadavia del Ministerio de Salud; Que de acuerdo a lo informado a fojas 04 la mencionada agente revista en Planta Permanente del Ministerio de Educación; Que como consecuencia de la Resolución Conjunta N° XIII 583/14 y N° XXI 240/14, se asignó funciones en el Ministerio de Salud a la citada agente; Que en virtud de razones de servicios se autorizó a la mencionada agente para desempeñarse a cargo de la Dirección del Hospital Rural Río Mayo dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Comodoro Rivadavia del Ministerio de Salud, a partir del 27 de octubre de 2014; Que por lo tanto procede el reconocimiento de lo actuado por la agente BORDA, Isabel a cargo de la Dirección del Hospital Rural Río Mayo dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Comodoro Rivadavia del Ministerio de Salud, a partir del 27 de octubre del 2014 y hasta la fecha del presente Decreto; Que según lo informado a fojas 09 la agente no ha percibido remuneración emergente de los servicios prestados a cargo de la Dirección del Hospital Rural Río Mayo dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Comodoro Rivadavia del Ministerio de Salud; Que como consecuencia procede abonar la Jerarquía 4, Categoría 8, con 30 horas semanales de labor y el Adicional por Dedicación Funcional, a partir del 27 de octubre de 2014; Que el presente trámite se encuadra en lo prescripto por el Decreto N° 116/82, por aplicación del Artículo 2° del Convenio Colectivo de Trabajo; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por Ley II N° 159, prorrogada por Decreto 01/15; Que en la vista concedida el Servicio jurídico del Ministerio de Salud se pronuncia sobre la viabilidad del trámite; Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1o.- Reconócese los servicios prestados por la agente BORDA, Isabel (M.l. N° 17.767.787 - Clase 1966) a cargo de la Dirección del Hospital Rural Río Mayo dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Comodoro Rivadavia del Ministerio de Salud, en la Jerarquía 4 - Categoría 8 del cargo Agrupamiento C, Clase II, con 30 horas semanales de labor y el Adicional por Dedicación Funcional, y en virtud por lo prescripto por el Decreto N° 116/82, por aplicación del Artículo 2o del Convenio Colectivo de Trabajo, a partir del 27 de Octubre de 2014 y hasta la fecha del presente Decreto. Artículo 2°.- Abónese a la agente BORDA, Isabel las sumas que resulten de acuerdo a los servicios reconocidos en el Artículo primero. Artículo 3°.- Designase a la agente BORDA, Isabel (M.I. N° 17.767.787 - Clase 1966) a cargo de la Dirección del Hospital Rural Río Mayo dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Comodoro Rivadavia del Ministerio de Salud, en la Jerarquía 4 - Categoría 8 del cargo Agrupamiento C, Clase II, con 30 horas semanales de labor y el Adicional por Dedicación Funcional, y en virtud por lo prescripto por el Decreto N° 116/82, por aplicación del Artículo 2o del Convenio Colectivo de Trabajo, a partir de la fecha del presente Decreto. Artículo 4°.- Abónese a la agente mencionada en el Artículo anterior, la retribución a cargo de la Dirección del Hospital Rural Río Mayo dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Comodoro Rivadavia del Ministerio de Salud, en la Jerarquía 4 - Categoría 8, con 30 horas semanales de labor y el Adicional por Dedicación Funcional, de la misma norma legal, a partir de la fecha del presente Decreto. Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimento del presente Decreto se imputará en la Jurisdicción 70 - Ministerio de Salud- Partida Principal 1.0.0 - Gastos en Personal - Servicio Administrativo Financiero 70 - Programa 92 - Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores - Actividad 1 - Reclamos Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores - Servicio Administrativo Financiero 74 - Programa 17 - Atención Médica Zona Sur - Actividad 1 - Atención Médica Zona Sur, del Presupuesto para el año 2015. Artículo 6°.-EI presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Salud y de Coordinacíón de Gabinete. Artículo 7°.- Regístrese, comuniqúese, notifíquese,dése al Boteíín Oficial y Cumplido; ARCHÍVESE. DECRETO N° 347 |
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