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Decreto 678 / 2015 Martín Buzzi 

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Título: DESIGNACION "ad-honorem" DEL ABOGADO CLAUDIO SAUL ACOSTA.-
 
Fecha Registro: 29/05/2015
 
Detalle:

RAWSON, 29 MAYO 2015.-
VISTO:
El Expediente 360-GB-2014;
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto, se propone designar en el cargo de Inspector General de Justicia, Personal Fuera de Nivel de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Transporte, al abogado Claudio Saúl ACOSTA;
Que el cargo de Inspector General de Justicia de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Transporte, se encuentra actualmente vacante;
Que como consecuencia de la presente designación, corresponde dejar sin efecto la Resolución N° 57, de fecha 19 de abril de 2012;
Que sin perjuicio de lo expuesto, el abogado Claudio Saúl ACOSTA fue designado Subsecretario de Gobierno mediante Decreto 87/2011,
Que por ello, corresponde establecer que mientras dure su efectivo desempeño en el cargo mencionado en el Considerando anterior, la presente designación tendrá el carácter ad-honorem;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno Derechos Humanos y Transporte:
Que ha tomado legal intervención el Sr. Asesor General de Gobierno;
POR ELLO
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1º: Dejar sin efecto a partir de la fecha del presente Decreto, la Resolución N° 57 del Ministerio de Gobierno Derechos Humanos y Transporte, de fecha 19 de abril de 2012, en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 2º: Designar a partir de la fecha del presente Decreto en el cargo de Inspector General de Justicia, Personal Fuera de Nivel de la Subsecretaría de Gobierno Derechos Humanos y Transporte, al abogado Claudio Saúl ACOSTA (D.N.I. 13.733.701 -Clase 1960).-
Artículo 3º: La designación del abogado Claudio Saúl ACOSTA (D.N.I. 13.733.701- Clase 1960) indicada en el Artículo anterior, tendrá carácter "ad - honorem", mientras dure su desempeño en el cargo en el que fue designado mediante Decreto 87/2011, del 20 de diciembre de 2011.-
Artículo 4º: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado en la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno Derechos Humanos y Transporte - SAF 20: Ministerio de Gobierno Derechos Humanos y Transporte - Programa 20: Inscripción, Registro y Fiscalización de Personas Jurídicas - Actividad 1- Inscripción , Registro y Fiscalización de Personas Jurídicas - Ejercicio 2015.-
Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno, Derechos Humanos y Transporte y de Coordinación de Gabinete.-
Artículo 5º: Regístrese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.-
DECRETO Nº 678
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