Imprimir detalle |
Título: Mensualízase a la señorita Natalia Cecilia Ayelén TARTALO LORENZATI en la Dirección de Despacho y Administración de Personal del Ministerio de Turismo |
Fecha Registro: 06/04/2017 |
Detalle: RAWSON, 06 ABRIL 2017 VISTO: El Expediente N° 000204/2017 - MT; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se gestiona la incorporación como personal mensualizado de la señorita Natalia Cecilia Ayelén TARTALO LORENZATI, en el cargo Ayudante Administrativo - Código: 3-004- Clase IV - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo en la Planta Temporaria de la Dirección de Despacho y Administración de Personal del Ministerio de Turismo, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2017; Que la señorita Natalia Cecilia Ayelén TARTALO LORENZATI reúne los requisitos exigidos en el Artículo 2o de la Ley I N° 74; Que no existe impedimento para acceder a lo solicitado, ya que el cargo se encuentra vacante en el presupuesto vigente; Que la Dirección General de Administración de Personal del Ministerio de Coordinación de Gabinete, ha tomado intervención en el presente trámite; Que el Asesor General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1º.- Mensualízase a la señorita Natalia Cecilia Ayelén TARTALO LORENZATI (M.I.N° 31.069.226 - Clase: 1984) en el cargo Ayudante Administrativo -Código: 3-004- Clase: IV - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo en la Planta Temporaria de la Dirección de Despacho y Administración de Personal del Ministerio de Turismo, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2017.- Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, se Imputara en la Jurisdicción: 80 - Ministerio de Turismo - SAF: 80 Ministerio de Turismo -Programa: 1 - Conducción y Administración del Ministerio de Turismo - Actividad: 1 -Conducción y Administración del Ministerio de Turismo - Ejercicio: 2017.- Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estados en los Departamentos de Turismo y de Coordinación de Gabinete.- Artículo 4º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido Archívese.- DECRETO N° 402 |
|