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Título: Modificase e increméntase el total de Erogaciones del Presupuesto General de la Administración Provincial (Administración Central y Organismos Descentralizados) para el Ejercicio 2017 |
Fecha Registro: 07/12/2017 |
Detalle: L E Y II Nº 186 LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE L E Y Artículo 1°.- Modificase e increméntase en la suma de PESOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL ($ 1.665.558.000) el total de Erogaciones del Presupuesto General de la Administración Provincial (Administración Central y Organismos Descentralizados) para el Ejercicio 2017, con destino a las finalidades que se indican a continuación y, analíticamente, en las planillas anexas Nros. 1 a 5, 7 a 9, que forman parte de la presente Ley. FINALIDAD ADM. CENTRAL ORG. DESCENT. TOTAL Administración Gubernamental 219.370.000 219.370.000 Servicios de Seguridad 10.600.000 10.600.000 Servicios Sociales 1.070.078.000 1.070.078.000 Servicios Económicos -24.140.000 -52.950.000 -77.090.000 Servicios de la Deuda 442.600.000 442.600.000 Totales 1.718.608.000 -52.950.000 1.665.558.000 Artículo 2°.- Increméntase en la suma de PESOS QUINIENTOS MILLONES ($ 500.000.000) el importe correspondiente a las Aplicaciones Financieras que figuran en planilla anexa N° 7, que forma parte de la presente Ley. Artículo 3°.- Increméntase en la suma de PESOS NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL ($ 965.558.000) el Cálculo de Recursos destinados a atender las Erogaciones a que se refiere el artículo Io, de acuerdo a la distribución que se indica a continuación y con el detalle que figura en la planilla anexa N° 8, que forma parte de la presente Ley: RECURSOS DE ADMINISTRACIÓN CENTRAL - Corrientes 965.558.000 - De Capital TOTAL DE RECURSOS 965.558.000 Artículo 4°.- Como consecuencia de lo establecido en los artículos Io, 2o y 3o, increméntase en la suma de PESOS MIL DOSCIENTOS MILLONES ($1.200.000.000) las Fuentes Financieras, destinadas a atender las Erogaciones a que se refieren los artículos Io y 2o, de acuerdo a la distribución que se indica a continuación y al detalle que figura en la planilla anexa N° 6, que forma parte de la presente Ley. FUENTES FINANCIERAS ADMINISTRACIÓN CENTRAL ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS Disminución de la Inversión Financiera Endeudamiento Público e Incremento de Otros Pasivos 1.200.000.000 TOTAL DE FUENTES FINANCIERAS 1.200.000.000 APLICACIONES FINANCIERAS ADMINISTRACIÓN CENTRAL ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS Inversión Financiera Amortización de la Deuda y Disminución de Otros Pasivos 500.000.000 TOTAL 500.000.000 Artículo 5º.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE. RAWSON, 07 DIC 2017 VISTO Y CONSIDERANDO: El Proyecto de Ley referente a la modificación e incremento en la suma de PESOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL ($ 1.665.558.000) del total de Erogaciones del Presupuesto General de la Administración Provincial para el Ejercicio 2017; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 06 de diciembre de 2017 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140° de la Constitución Provincial; POR ELLO: Téngase por Ley de la Provincia: II N° 186 Cúmplase, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial DECRETO Nº 1334 |
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