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Decreto 508 / 2019 Mariano Arcioni 

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Título: ASOCIACION CIVIL- PARQUE TECNOLOGICO PUERTO MADRYN
 
Fecha Registro: 13/05/2019
 
Detalle:

RAWSON, 13 MAYO 2019

VISTO:
El Expediente N° 82 - SCTelP - 2018; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la constitución de una Asociación Civil denominada "Parque Tecnológico Puerto Madryn", que se encontrará conformada por la Provincia del Chubut, la Municipalidad de Puerto Madryn, la Cámara Industrial de Puerto Madryn (CIMA), la Cámara de Industria, Comercio y Turismo de Puerto Madryn (CAMAD), la Cámara Madrynense de Empresas y Emprendedores de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (CAMEETIC), Agencia de Desarrollo Productivo de Puerto Madryn (ADP), Administración Portuaria de Puerto Madryn (APPM), Universidad de la Patagonia San Juan Bosco (UNPSJB), Universidad Tecnológica Puerto Madryn (UTN), Universidad del Chubut (UCH);
Que el Parque Tecnológico Puerto Madryn Asociación Civil, se constituye como una Entidad sin fines de lucro, que tendrá su domicilio legal en calle Ricardo Rojas, Avenida Juan XXIII, Kenneth Woodley y Ruta Nacional A-010 en la ciudad de Puerto Madryn, Departamento Biedma, Provincia del Chubut,
Que la Provincia del Chubut promueve la conformación de la Asociación Civil mencionada, en el marco del Proyecto de Estatuto que a los presentes se acompaña, no existiendo impedimento alguno para ser partícipe de la misma;
Que en el Estatuto del Parque Tecnológico Puerto Madryn Asociación Civil se establece que las partes deberán designar mediante el instrumento que corresponda, un (1) Representante Titular y un (1) Representante Alterno;
Que por tal motivo, se propone la designación como Representante Titular de la Provincia, a la máxima autoridad de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, y como Representante Alterno al responsable de la Subsecretaría de Articulación Científica y Tecnológica de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, ante el Parque Tecnológico Puerto Madryn Asociación Civil;
Que el presente trámite se encuentra comprendido en los términos del artículo 149° y 169° del Código Civil y Comercial de la Nación;
Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1-Promover la conformación del Parque Tecnológico Puerto Madryn Asociación
Civil, en el marco del proyecto de Estatuto que a los presentes se acompaña.-
Artículo 2- Designar como Representante Titular de la Provincia del Chubut, a la Máxima Autoridad de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva y como Representante Alterno al responsable de la Subsecretaría de Articulación Científica y Tecnológica de
la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, ante el Parque Tecnológico Puerto
Madryn Asociación Civil.-.
Artículo 3°.- El presente Decreto sera refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Coordinación de Gabinete.-
Artículo 4-Regístrese,comuniqúese,notifíquese,dése al Boletín Oficial y cumplido,ARCHÍVESE.-
DECRETO 508/19
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