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Título: ACEPTAR LA RENUNCIA DEL ING. OSVALDO RUBEN SALA |
Fecha Registro: 23/04/2020 |
Detalle: RAWSON 23 DE ABRIL 2020 VISTO: La Ley IV N° 6 y el artículo 155 inciso 3° de la Constitución de la Provincia del Chubut; y CONSIDERANDO: Que el artículo 155 inciso 3° de la Constitución Provincial faculta al Poder Ejecutivo a nombrar y remover a los funcionarios de la Administración Pública Provincial; Que de conformidad con lo establecido por el Artículo 9° de la Ley IV N° 6, la administración y explotación de los Puertos ubicados en la Provincia del Chubut, cuyo dominio y/o administración o explotación corresponda al Estado provincial, serán administrados y operados por entes públicos no estatales, que se organizarán asegurando la participación de todos los sectores interesados en el quehacer portuario; Que en concordancia con ello, el Puerto de la ciudad de Puerto Madryn se encuentra a cargo de la Administración Portuaria de Puerto Madryn; Que el Ingeniero Osvaldo Rubén SALA, interpone su renuncia al cargo de Administrador del Puerto del ente Público no estatal Administración Portuaria del Puerto de Puerto Madryn, quien fuera designado mediante Decreto N° 968/18, a partir del 23 de abril de 2020; Que por lo expuesto, resulta oportuno designar al Arquitecto Enrique Omar CALVO, en el cargo Administrador del Puerto del ente Público no estatal Administración Portuaria del Puerto de Puerto Madryn, a partir de la fecha del presente Decreto; Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°- Aceptar la renuncia, a partir de la fecha del presente Decreto, del Ingeniero Osvaldo Rubén SALA (M.I.N° 5.385.608 - Clase 1944), al cargo de Administrador del Puerto del ente Público no estatal Administración Portuaria del Puerto de Puerto Madryn.- Artículo 2°.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto al Arquitecto Enrique Omar CALVO (M.I.N° 17.500.467 - Clase 1965), en el cargo Administrador del Puerto del ente Público no estatal Administración Portuaria del Puerto de Puerto Madryn.- Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.- Artículo 4°.- Regístrese comuniqúese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE. DECRETO N° 325/2020. |
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