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Decreto 448 / 2020 Mariano Arcioni (II) 

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Título: PROGRAMA IMPULSA BRINDAR ASISTENCIA A LOS OBREROS DESOCUPADOS DE LA UNIÓN OBRERA
 
Fecha Registro: 02/06/2020
 
Detalle:

RAWSON 02 DE JUNIO 2020

VISTO:
El Expediente N° 1320/2019-STR, el Decreto N° 327/19; el Decreto 1299/19y,
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, se tramita la prórroga del Programa Impulsa destinado a brindar asistencia a los obreros desocupados de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA);
Que el programa referido se crea mediante Decreto 327/19 y se prorroga por Decreto 1299/19 con vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2019, con la finalidad de promover y generar herramientas innovadoras que impacten en la comunidad toda, mediante tareas integrales de mejoramiento en la Municipalidad de Trelew;
Que con el mencionado programa se pretende fortalecer el planeamiento urbano como herramienta de previsibilidad y formación de consenso, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los habitantes chubutenses, en el marco de la política de estado que lleva adelante el Gobierno Provincial;
Que no menos importante resulta la problemática de desocupación que afecta las distintas industrias, entendiendo que los obreros de la construcción encuentren en este Programa un apoyo social y económico;
Que a los fines de cumplir con los objetivos planteados, los obreros de la construcción nucleados por la Unión Obrera de la Construcción, deben realizar las tareas comunitarias encomendadas mediante los convenios suscritos, en los espacios públicos de la Jurisdicción Municipal de Trelew;
Que cabe destacar que la implementación del programa abarcó importantes mejoras de infraestructura para los conglomerados, trayendo múltiples beneficios a cientos de vecinos de forma directa;
Que como parte de ello, el Estado Provincial mantiene una política de apoyo, fortalecimiento y asistencia del Sindicato y a través de ellos a sus afiliados dignificando así la labor que llevan adelante, haciéndolos participes del crecimiento de la comunidad;
Que por lo antedicho, resulta imperioso prorrogar el Programa Impulsa;
Que corresponde exceptuar el presente trámite del criterio de irretroactividad dispuesto por el Art. 32 de la Ley I N° 18, por aplicación del punto 3° del mismo artículo y norma legal;
Que ha tomado debida intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°- EXCEPTUAR el presente trámite del criterio de irretroactividad dispuesto por el artículo 32° de la Ley I N° 18, por aplicación del punto 3) del mismo artículo y norma legal.-
Articulo 2°.-PRORRÓGASE la vigencia del Programa Impulsa, creado por Decreto 327/19; prorrogado por Decreto 1299/19; desde el 01 de Enero de 2020 hasta el 30 de Junio de 2020 inclusive, en un todo de acuerdo con lo expuesto en los considerandos que anteceden. -
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.-
Artículo 4°.- REGÍSTRESE, Comuniqúese, Dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 448/2020.
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(No hay instrumentos legales afectados)

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

Decreto 1336/2020 (Genérica)
Decreto 328/2021 (Genérica)
Decreto 558/2021 (Genérica)
Decreto 738/2021 (Genérica)
Decreto 739/2021 (Genérica)
Decreto 970/2021 (Genérica)