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Decreto 653 / 2020 Mariano Arcioni (II) 

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Título: DESIGNAR A LA AGENTE IRALDE SILVIA ADRIANA
 
Fecha Registro: 27/07/2020
 
Detalle:

RAWSON 27 DE JULIO 2020

VISTO:
El Expediente N° 243-EC-20; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto el señor Ministro de Economía y Crédito Público solicita la designación en la Dirección General de Estadística y Censos de la agente IRALDE, Silvia Adriana quien reviste en el cargo Analista de Control de Gestión A - Código 4-159 - Nivel II -Agrupamiento Personal Profesional - Planta Permanente de la citada Dirección General de la Subsecretaría de Coordinación Financiera del Ministerio de Economía y Crédito Público, a partir de la fecha del presente Decreto;
Que dicho cargo se encuentra vacante y que la citada agente reúne las condiciones necesarias para desempeñarse en la citada Dirección General;
Que conforme surge de las presentes actuaciones se deberá reconocer y abonar lo actuado por la agente IRALDE, Silvia Adriana quien reviste en el cargo Analista de Control de Gestión "A" -Código 4-159 - Nivel II - Agrupamiento Personal Profesional - Planta Permanente, por el período comprendido entre el 17 de febrero de 2020 y la fecha del presente Decreto, sin perjuicio del eventual ejercicio de las facultades disciplinarias por hechos o actos que pudieran tener origen en el período objeto de su aprobación por las funciones desempeñadas en la Dirección Genera! de Estadísticas y Censos - Subsecretaría de Coordinación Financiera - Ministerio de Economía y Crédito Público;
Que la agente IRALDE, Silvia Adriana reservará su cargo de revista Analista de Control de Gestión "A" - Código 4-159 - Nivel II - Agrupamiento Personal Profesional - Planta Permanente de la Dirección General de Estadística y Censos de la Subsecretaría de Coordinación Financiera del Ministerio de Economía y Crédito Público, conforme lo establecido en los Artículos 14° y 20° de la Ley I N° 74;
Que corresponde abonarle a la agente citada precedentemente el Adicional por Jerarquía Profesional establecido en el Artículo 22° - inciso f) de la Ley.I N° 74;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará a la Jurisdicción 30: Ministerio de Economía y Crédito Público - SAF: 30 - Programa 27: Coordinación Económica Provincial - Actividad 2: Transferencias de Tecnologías en Gerenciamiento Geoinformático;
Que la Dirección General de Administración de Personal ha intervenido en el presente trámite;
Que la Asesoría General de Gobierno ha intervenido en el presente trámite;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Reconocer y abonar lo actuado por la agente IRALDE, Silvia Adriana (M.I. N° 16.434.930 - Clase 1963) quien reviste en el cargo Analista de Control de Gestión "A" -Código 4-159 - Nivel II - Agrupamiento Personal Profesional - Planta Permanente, por el período comprendido entre el 17 de febrero de 2020 y hasta la fecha del presente Decreto, sin perjuicio del eventual ejercicio de las facultades disciplinarias por hechos o actos que pudieran tener origen en el período objeto de su aprobación, por las funciones desempeñadas en la Dirección General de Estadísticas y Censos - Subsecretaría de Coordinación Financiera - Ministerio de Economía y Crédito Público.-
Artículo 2°.- Designar en la Dirección General de Estadística y Censos a la agente IRALDE, Silvia Adriana (M.I. N° 16.434.930 - Clase 1963) quien reviste en el cargo cargo Analista de Control de Gestión A - Código 4-159 - Nivel II - Agrupamiento Personal Profesional - Planta Permanente de la citada Dirección General de la Subsecretaría de Coordinación Financiera del Ministerio de Economía y Crédito Público, a partir de la fecha del presente Decreto.-
Artículo 3°.- La agente IRALDE, Silvia Adriana percibirá el Adicional por Jerarquía Profesional
establecido en el Artículo 22° - inciso f) de la Ley I N° 74.-
Artículo 4°.- La citada agente reservará su cargo de revista Analista de Control de Gestión A -Código 4-159- Nivel II -Agrupamiento Personal Profesional- Planta Permanente de la citada Dirección General de la Subsecretaría de Coordinación Financiera del Ministerio de Economía y Crédito Público, conforme lo establecido en los Artículos 14° y 20° de la Ley I N° 74.-
Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, se imputará en la Jurisdiccción 30: Ministerio de Economía y Crédito Público - SAF: 30 - Programa 27: Coordinación Económica Provincial - Actividad 2: Transferencias de Tecnologías en Gerenciamiento Geoinformatico.
Artículo 6°.- EHftesente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 7°.- Regístrese, comuniqúese, nqtifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHTVESE.-DECRETO Nº 653/2020.
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