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Título: Ratificación de personal |
Fecha Registro: 24/08/2020 |
Detalle: RAWSON, 2 4 DE AGOSTO DE 2020 VISTO: El Expediente N° 0759 - M.D.S.F.M. y J.-2020; y CONSIDERANDO: Que el Artículo 155° inciso 3) de la Constitución Provincial faculta al Poder Ejecutivo a nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la Administración Pública Provincial, con las exigencias y formalidades establecidas en la Constitución y en la Ley; Que es competencia de cada Ministro Secretario proponer al Poder Ejecutivo el nombramiento y la remoción del personal del Departamento a su cargo, conforme lo establece la Ley I N° 667; Que el Artículo 66° de la Ley I N° 74, establece que el Personal de Gabinete son aquellos agentes que desempeñan funciones de colaborador directo o Asesores del Gobernador, Ministros y Secretarios de la Gobernación; Que en virtud de ello, se gestiona ratificar al Personal de Gabinete del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, detallado en el Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto, a partir del 17 de julio de 2020; Que el Personal de Gabinete del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, ratificado mediante el Anexo I, no ha dejado de percibir remuneración por los rangos asignados; Que asimismo resulta conveniente dejar sin efecto la designación de la señora María Eva SANDOVAL, en el cargo Directora de Asistencia Social - Categoría 18 Agrupamiento Personal Jerárquico de la Ley I N° 74, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Social del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, efectuada mediante Decreto N° 74/20, a partir del 17 de julio de 2020; Que atento a lo expuesto en los Considerandos que anteceden y, en virtud de cumplir con las condiciones de idoneidad para el ejercicio de las funciones encomendadas, se solicita la designación como Personal de Gabinete del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, de los y las agentes detallados/as en el Anexo II, que forma parte integrante, percibiendo una remuneración equivalente al rango que allí se indica, a partir del 17 de julio de 2020; Que los y las agentes designados/as no han percibido remuneración alguna por los rangos asignados como Personal de Gabinete del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud; Que en el mismo orden de ideas, a foja 02 se propone la designación de la señora Cristina María SAN JUAN como Personal de Gabinete del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, percibiendo un remuneración equivalente al rango Directora General, a partir de la fecha del presente Decreto; Que en virtud de las designaciones que se efectúan mediante el Anexo II que forma parte integrante del presente, el agente Pablo Sergio LEIVA, cargo Jefe de Departamento Central - Categoría 1-C - Agrupamiento Personal Jerárquico, dependiente de la Dirección General de Personal y Recursos Humanos y la agente Silvana Vanesa LÓPEZ, cargo Administrativo I Categoría 3-B - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, ambos cargos con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, dependientes del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, reservaran sus cargos de revista conforme lo prescripto en los Artículos 14° y 20° de la Ley I N° 74, a partir del 17 de julio de 2020 y por el período que permanezcan designados; Que asimismo las agentes Andrina Vanesa SALONE, cargo Administrativo II Categoría 3-C - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia y Mirta Mabel SÁNCHEZ, cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Clase I de la Ley I N° 74, ambos cargos de ía Planta Temporaria del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, se harán acreedoras de la diferencia salarial existente entre sus cargos de revistas y el rango de Directora General asignado en el Anexo II, que forma parte integrante, conforme lo prescripto en el Artículo 105° de la Ley I N° 74, a partir del 17 de julio de 2020; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite se imputó y será imputado en la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - SAF 40 - Programa 1 - Conducción del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - Actividad 1 - Conducción del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - Ejercicio 2020; Que las presentes medidas se dictan en el marco del principio de economía procesal detallado en el Artículo 26° inciso 9) de la Ley I N° 18, a fin de flexibilizar la tarea administrativa y dictar un único acto administrativo; Que el presente trámite debe exceptuarse del criterio de irretroactividad establecido en el Punto 1) del Artículo 32° de la Ley I N° 18, por aplicación del Punto 3) de la citada norma legal; Que la Dirección General de Administración de Personal, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Exceptuar del criterio de irretroactividad establecido en el Punto 1) del Artículo 32° de la Ley I N° 18, por aplicación del Punto 3) de la citada norma legal. - Artículo 2°.- Ratificar a partir del 17 de julio de 2020, al Personal de Gabinete del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, detallado en el Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto, en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden. – Artículo 3°.- Dejar sin efecto a partir del 17 de julio de 2020, la designación de la señora María Eva SANDOVAL (MI. N° 10.028.586 - Clase 1952) en el cargo Directora de Asistencia Social - Categoría 18 - Agrupamiento Personal Jerárquico de la Ley I N° 74, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Social del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, efectuada mediante Decreto N° 74/20, en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden.- Artículo 4°.- Designar a partir del 17 de julio de 2020, al Personal de Gabinete del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, detallados en el Anexo II, que forma parte integrante, percibiendo una remuneración equivalente al rango que allí se indica, por aplicación del Artículo 66° de la Ley I N° 74, en virtud de cumplir con las condiciones de idoneidad para el ejercicio de las funciones encomendadas y según lo expuesto en los Considerandos que anteceden.- Artículo 5°.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora Cristina María SAN JUAN (M.I. N° 27.598.158 - Clase 1979) como Personal de Gabinete del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, percibiendo un remuneración equivalente al rango Directora General, en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden.- Articulo 6°.- Reservar el cargo Jefe de Departamento Central - Categoría 1-C Agrupamiento Personal Jerárquico, con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, dependiente de la Dirección General de Personal y Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, al agente Pablo Sergio LEIVA (M.I. N° 31.279.157 Clase 1984) a partir del 17 de julio de 2020 y por el período que permanezca designado como Personal de Gabinete, conforme lo prescripto en los Artículos 14° y 20° de la Ley I N° 74 y lo expuesto en los Considerandos que anteceden.- Artículo 7°.- Reservar el cargo Administrativo I - Categoría 3-B - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, a la agente Silvana Vanesa LÓPEZ (M.I. N° 27.322.414 - Clase 1979) a partir del 17 de julio de 2020 y por el período que permanezca designada, conforme lo prescripto en los Artículos 14° y 20° de la Ley I N° 74 y lo expuesto en los Considerandos que anteceden.- Artículo 8°.- Abonar a partir del 17 de julio de 2020, a la agente Andrina Vanesa SALONE (M.I. N° 26.304.012 - Clase 1977) la diferencia salarial existente entre su cargo de revista - Administrativo II - Categoría 3-C - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, con 44 horas semanales de labor - Planta Temporaria de la Ley I N° 114, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud y el rango de Directora General asignado en el Anexo II, que forma parte integrante del presente, conforme lo prescripto en el Artículo 105° de la Ley I N° 74.- Artículo 9°.- Abonar a partir del 17 de julio de 2020, a la agente Mirta Mabel SÁNCHEZ (M.I. N° 13.733.636 - Clase 1959) la diferencia salarial existente entre su cargo de revista - Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Clase I - Planta Temporaria de la Ley I N° 74, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, y el rango de Directora General asignado en el Anexo II, que forma parte integrante del presente, conforme lo prescripto en el Artículo 105° de la Ley I N° 74.- Artículo 10°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite se imputó y será imputado en la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - SAF 40 - Programa 1 - Conducción del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - Actividad 1 - Conducción del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - Ejercicio 2020.-Artículo 11°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud-y de Gobierno y Justicia. - Artículo 12°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial cumplido ARCHÍVESE. DECRETO N° 790/2020 ANEXO I APELLIDO Y NOMBRE M.I. N° MALIQUEO MARÍA ESTER 23.114.858 DUARTE ÓSCAR HUGO 13.243.297 SOLIS NORMA 18.028.075 GARGAGLIONE NORMA HONORIA 18.067.124 ANEXO II APELLIDO Y NOMBRE M.I. N° LEIVA PABLO SERGIO 31.279.157 LÓPEZ SILVANA VANESA 27.322.414 SALONE ANDRINA VANESA 26.304.012 SÁNCHEZ MRTA MABEL 13.733.636 PARÍS VERÓNICA ELIANA 32.219.934 SANDOVAL MARÍA EVA 10.028.586 LLERAL AGUSTINA 36.213.020 |
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