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Decreto 1208 / 2020 Mariano Arcioni (II) 

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Título: Habilitase en la Jurisdicción programa "Reclamo de Gastos de Personal de Ejercicios Anteriores".
 
Fecha Registro: 01/12/2020
 
Detalle:

RAWSON, 01 DE DICIEMBRE DE 2020

VISTO:

El expediente N° 2187-MIEP-2020; y

CONSIDERANDO:

Que por Ley II N° 251, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2020;
Que por el Expediente N° 2187-MIEP-2020, el Ministro de Infraestructura, Energía y Planificación solicita compensación presupuestaria a los efectos de imputar Reclamo de Gastos de Personal de Ejercicios Anteriores;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 13, apartado 1, inciso a) 1 y 4 de la Ley II N° 251, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar el crédito asignado a inciso de Personal entre distintas jurisdicciones y/o Finalidades ; y cuando involucren Categorías Programáticas con distinta Finalidad siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras, deberá comunicarse dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Habilitase en la Jurisdicción 8, S.A.F. 31 - SAF Subsecretaría de Servicios Públicos, en el Programa 92, denominado "Reclamo de Gastos de Personal de Ejercicios Anteriores".
Artículo 2°.- Modificase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2020, en la Jurisdicción 8,
S.A.F. 31- SAF Subsecretaría de Servicios Públicos, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa N° 1, que forma parte del presente Decreto.-
Artículo 3°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-
Artículo 4°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de
Gobierno y Justicia.
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas y cumplido ARCHÍVESE.-     


DECRETO N° 1208/2020
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(Se relaciona) Ley II 251

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