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Título: Modifícase el Presupuesto de Ministerio de Economía y Crédito Público |
Fecha Registro: 14/12/2020 |
Detalle: RAWSON, 14 DE AGOSTO DE 2020 VISTO: El Expediente N° 370-EC-2020; y CONSIDERANDO: Que por Ley II N° 251, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2020; Que por el Expediente N° 370-EC-2020, El Ministerio de Economía y Crédito Público solicita crédito presupuestario para la compra de equipamiento para la Dirección General de Cómputos; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, apartado 1, inciso a.2 y 4) de la Ley II N° 251, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, apartado 2, inciso d) de la Ley II N° 251, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Personal, Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras; y cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Modifícase el Presupuesto de Erogaciones y el Calculo de Recursos de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2020, en la Jurisdicción 30, S.A.F. 30 - SAF Ministerio de Economía y Crédito Público, en la Jurisdicción 8, S.A.F. 88 - SAF Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación y en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 a 3, que forman parte del presente Decreto.- Artículo 2°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.- Artículo 3°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público, de Infraestructura y Gobierno y Justicia.- Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas y cumplido ARCHÍVESE.- DECRETO N° 732/2020 |
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