Buscar instrumentos legales

 

Tipo Número (ej.: 1-100) Título
   

Buscador avanzado >>

 

Decreto 1321 / 2020 Mariano Arcioni (II) 

Imprimir detalle
Título: Modifícase el Presupuesto de Subsecretaría de Servicios Públicos
 
Fecha Registro: 10/12/2020
 
Detalle:


RAWSON, 10 DE DICIEMBRE DE 2020

VISTO:

Los Expedientes N° 2524-MIEP-2020 y 404-IPA-2020; y

CONSIDERANDO:

Que por Ley II N° 251, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2020;
Que por el Expediente N° 2524-MIEP-2020, la Subsecretaría de Servicios Públicos, solicita efectuar compensación presupuestaria a efectos de imputar certificados de obras en las Fuentes de Financiamiento 3.68 y 4.40;
Que por el Expediente N° 404-IPA-2020, el Instituto Provincial de Agua, solicita efectuar compensación presupuestaria a efectos de imputar certificados de obras en la Fuente de Financiamiento 4.40;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 13, apartado 2, inciso a) y e) de la Ley II N° 251, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar los créditos asignados a los Proyectos de Inversión entre sí y con sus respectivas actividades específicas; y a incorporar nuevos Proyectos que se autoricen con fondos afectados; y cuando involucren Categorías Programáticas con distinta Finalidad siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras, deberá comunicarse dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°,- Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2020, en la Jurisdicción 8, S.A.F. 31 - SAF Subsecretaría de Servicios Públicos y S.A.F. 303 - SAF Instituto Provincial del Agua, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 a 4, que forman parte del presente Decreto.-
Artículo 2°,- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 3°.- Regístrese, comuniqúese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas, cumplido ARCHÍVESE.-


DECRETO N° 1321/2020
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Ley II 251

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)