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Decreto 1345 / 2020 Mariano Arcioni (II) 

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Título: Modificase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2020
 
Fecha Registro: 23/12/2020
 
Detalle:


RAWSON, 23 DE DICIEMBRE DE 2020

VISTO:

El expediente N° 1728-EC-2020; y

CONSIDERANDO:

Que por Ley II N° 251, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2020;
Que por el Expediente N° 1728-EC-2020, el Ministro de Economía y Crédito Público solicita el traspaso de crédito del SAF 90 al SAF 91, en la Fuente de Financiamiento 1.11, para el pago a MOODYS INVENTORS SERVICE INC., en concepto de honorarios por los servicios profesionales de calificación crediticia internacional en el marco de la emisión del BOPRO y BOCADE.
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, apartado 1, inciso a.2 y 4) de la Ley II N° 251, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2020, en la Jurisdicción 90 S.A.F. 90 - SAF Servicio de la deuda Pública y en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa N° 1, que forma parte del presente Decreto.-
Artículo 2°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-
Artículo 3°- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 4°,- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas y cumplido ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 1345/2020
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(Se relaciona) Ley II 251

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