Imprimir detalle |
Título: AUTORIZAR a la Secretaría de Trabajo a efectuar contrato de alquiler del inmueble sito en calle Mitre N° 671 de la ciudad de Rawson |
Fecha Registro: 06/04/2021 |
Detalle: RAWSON, 06 DE ABRIL DE 2021 VISTO: El Expediente N° 2669/2020 STR; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita la renovación del contrato de alquiler del inmueble sito en la calle Mitre N° 671 de la ciudad de Rawson, donde funciona la sede de la Subsecretaría de Recuperación y Promoción del Empleo, por un plazo de TRES (03) años, a partir del 22 de enero de 2021 y hasta el 21 de enero de 2024; Que las instalaciones del inmueble sito en Mitre N° 671 de la ciudad de Rawson, se encuentran en buen estado de mantenimiento y posee las adecuaciones realizadas a efectos de ser funcionales y adaptarse a los requerimientos de las tareas propias del área; Que en razón de las características del edificio urge la renovación del contrato de locación del inmueble precedentemente identificado; Que la titularidad del inmueble corresponde a la Sra. CAMPORRO IRIS NORMA, Documento Nacional de Identidad N°13.733.867, tal queda acreditado en Escritura N° 190, de fecha 01/11/2005, pasada al folio N° 308, por ante el Registro Notarial N° 45, con asiento en la ciudad de Rawson y tal queda acreditado con el Informe de Dominio N° 77979, expedido con fecha 28 de diciembre de 2020 por el registro de la Propiedad del Inmueble de la Provincia del Chubut; Que se arribó a un acuerdo locativo entre las partes, en el cual se consensuó el monto mensual del alquiler del inmueble por un importe de PESOS TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS ($ 36.400.-) durante los primeros DOCE (12) meses del contrato, PESOS CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTE ($ 47.320) por los DOCE (12) meses siguientes y PESOS SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS DIECISEIS ($ 61.516) por los DOCE (12) meses restantes. El pago se efectuará mediante acreditación en la cuenta bancaria del locador en el Banco del Chubut S.A.; Que resulta procedente la ocupación del edificio mediante la suscripción del contrato de locación, a través del procedimiento de contratación directa prevista en el Artículo 95° Inciso c) Apartado 5) de la Ley II N° 76 del Digesto Jurídico, y el Artículo 5° del Decreto N° 777/06; Que las tasas, contribuciones e impuestos de cualquier naturaleza existentes o a crearse sobre el inmueble serán a cargo del locador, salvo aquellos que se apliquen al inmueble por razones del uso que diera el locatario; Que corresponde exceptuar el presente trámite del criterio de irretroactividad de los actos administrativos dispuesto por el inciso 1° del Artículo 32° de la Ley I N° 18, por aplicación del punto 3° del mismo artículo y norma legal; Que para efectuarse el gasto pertinente resulta necesaria la autorización mediante Decreto del Poder Ejecutivo; Que ha tomado debida intervención la Dirección General de Asuntos Legales de la Secretaría de Trabajo; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención en el presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: ARTICULO 1°.- EXCEPTUAR al presente tramite de criterio de irretroactividad de los actos administrativos dispuestos por el inciso 1° del Artículo 32° de la Ley I N° 18, por aplicación del punto 3° del mismo artículo y norma legal.- ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Secretaría de Trabajo a efectuar contrato de alquiler del inmueble sito en calle Mitre N° 671 de la ciudad de Rawson, por un plazo de TRES (03) años, a partir del 22 de enero de 2021 y hasta el 21 de enero de 2024 inclusive.- ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto el cual asciende a un importe total de PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS ($ 1.742.832) se imputará con cargo a la Jurisdicción 15 - Secretaría de Trabajo - SAF 15 -Conducción de la Secretaría de Trabajo /00/00/A01/3 - Servicios no Personales/2 - Alquileres y derechos/1 - Alquiler de inmuebles/01 - Alquiler de Inmuebles -Fuente de Financiamiento 3.47 - Ejercicio 2021.- ARTICULO 4°.- El presente. Decreto será refrendado por el Ministro Secretario De Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.- ARTICULO 5° REGISTRESE, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.- DECRETO N° 218/21 |
|