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Título: Aceptar la renuncia interpuesta por el agente Carlos Alberto GONZÁLEZ |
Fecha Registro: 12/03/2021 |
Detalle: RAWSON, 1 2 MAR 2021 VISTO: El Expediente N° 1987/2020-SGG-SIP; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, a fojas 2, interpone su renuncia al cargo de revista Director de Programas - Grupo 1 - Planta Permanente - C.C.T 131/75, dependiente de la Dirección General de Canal 7 - Subsecretaría de Información Pública - Secretaría General de Gobierno, el agente Carlos Alberto GONZÁLEZ, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, a partir del 1° de enero de 2021; Que a fojas 7, de acuerdo a lo informado por la Dirección General de Sumarios - Asesoría General de Gobierno, no existe impedimento para su aceptación; Que a fojas 8, se informa que el mencionado agente registra pendiente de usufructo cincuenta y cinco (55) días hábiles de licencia pendientes correspondientes al año 2019, y cincuenta y seis (56) días hábiles correspondientes al año 2020, de acuerdo a lo establecido mediante el Decreto N° 2005/91 - Artículo 6° y en la Resolución N° 195/17-STR; Que a fojas 13, mediante Dictamen N° 9/2021-DCyAL-DGAP-SCyRRII-SGG, efectuando el control de legalidad, no se encuentra objeción al presente trámite; Que deberá exceptuarse el presente trámite del criterio de irretroactividad dispuesto por el Artículo 32° de la Ley I N° 18, del Digesto Jurídico, por aplicación del punto 3) del mismo Artículo y norma legal; Que la Dirección General de Administración de Personal, interviene en el presente trámite; POR ELLO: LA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO RESUELVE: Artículo 1°.- Exceptuar el presente trámite del criterio de irretroactividad dispuesto por el Artículo 32° de la Ley I N° 18, del Digesto Jurídico, por aplicación del punto 3) del mismo Artículo y norma legal.- Artículo 2°.- Aceptar a partir del 1° de enero de 2021, la renuncia interpuesta por el agente Carlos Alberto GONZÁLEZ (D.N.I. N° 12.834.796 - Clase 1958), al cargo de revista Director de Programas - Grupo 1 - Planta Permanente C.C.T 131/75, dependiente de la Dirección General de Canal 7 - Subsecretaría de Información Pública - Secretaría General de Gobierno, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria.- Artículo 3°.- Por el servicio Administrativo se procederá a abonar al agente mencionado en el Artículo anterior, cincuenta y cinco (55) días hábiles de licencia pendientes correspondientes al año 2019, y cincuenta y seis (56) días hábiles correspondientes al año 2020, de acuerdo a lo establecido mediante el Decreto N° 2005/91 - Artículo 6° y en la Resolución N° 195/17-STR.- Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será imputado en la Jurisdicción 10 - Secretaría General de Gobierno -S.A.F. 25 -. Subsecretaría de Información Pública - Programa 17 - Transmisión Televisiva, Informativa y Cultural - Actividad 1 - Transmisión Televisiva, Informativa y Cultural.- Artículo 5°.- La presente Resolución será refrendada por el señor Subsecretario de Coordinación y Relaciones Institucionales.- Artículo 6°.- Regístrese, comuníquese a la Dirección General de Administración de Personal, notifíquese, y cumplido, ARCHÍVESE.- RESOLUCIÓN V N°23/21 |
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