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Título: ACEPTAR y AGRADECER la donación efectuada a título gratuito por parte de la Municipalidad de Rawson, a favor de la Provincia del Chubut , de tierras |
Fecha Registro: 12/08/2021 |
Detalle: RAWSON, 12 DE AG0STO DE 2021 VISTO: El Expediente N° 197-CHD-SEM-2021, la Ley VI N° 18; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente referido en el Visto tramita la donación efectuada por la Municipalidad de Rawson a favor de la Provincia del Chubut, con destino a la entonces Secretaría de Deportes, Recreación y Turismo Social de la Provincia, competencias como autoridad de aplicación y fiscalización de toda la actividad deportiva y física asumidas en la actualidad por CHUBUT DEPORTES SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA conforme lo establecido por el artículo 2° de la Ley VI N° 18; Que la referida donación lo es de una fracción de tierras individualizada catastralmente como ejido 30 circunscripción 4 sector 4 parcela 3 del plano N° 21502 protocolizado al Tomo 204 Folio 58 del Expediente P-190-05 Partida Inmobiliaria 91917, datos que obran en plano para protocolo de escribano que se aduna al presente y en la Ordenanza 5778/04; Que el artículo la Ley VI N° 18 establece que la asignación de bienes muebles 559 e inmuebles pertenecientes al Estado Provincial, que se destinen para el funcionamiento de "CHUBUT DEPORTES SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA", no implica transferencia de dominio a favor de la mencionada sociedad; Que, en consecuencia, corresponde efectuar los trámites pertinentes por ante la Escribanía General de Gobierno, de conformidad con lo normado por el artículo 3 inciso 2, 4 y 11 de la Ley I N° 450 para aceptar la donación a favor de la Provincia del Chubut, en tanto cumplido el cargo impuesto en la Ordenanza referenciada; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente acto; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.-ACEPTAR y AGRADECER la donación efectuada a título gratuito por parte de la Municipalidad de Rawson, a favor de la Provincia del Chubut, de una fracción de tierras individualizada catastralmente como ejido 30 circunscripción 4 sector 4 parcela 3 del plano N° 21502 protocolizado al Tomo 204 Folio 58 del Expediente P-190-05 Partida Inmobiliaria 91917, datos que obran en plano para protocolo de escribano que se adjunta al expediente y en la Ordenanza 5778/04, cuyo destino fue la Construcción del Albergue Deportivo para hospedar deportistas de diversas localidades, cargo oportunamente cumplido. Artículo 2°.- INSCRIBIR el inmueble individualizado en el articulo precedente a nombre de la Provincia del Chubut a través de la Escribanía General de Gobierno y de conformidad a las regulaciones normativas vigentes. Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.- Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, Archívese.- DECRETO N° 659/21 |
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