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Título: APRUÉBASE la autorización con la firma IPA ARGENTINA S.A |
Fecha Registro: 16/11/2021 |
Detalle: RAWSON, 16 DE NOVIEMBRE DE 2021 VISTO: El Expediente N° 001719/2021- MIEP; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, el Departamento Obras y Servicios Sanitarios de la Dirección General de Servicios Públicos dependiente de la Subsecretaría de Energía del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación, tramita la "ADQUISICIÓN DE KIT DE REPUESTOS P/BOMBA FEDCO MODELO MMS 1539 6602 P/SERVICIO DE AGUA POTABLE - PUERTO PIRÁMIDES"; Que mediante la Resolución N° 487/21 - MIEP, se autorizó a la Dirección General de Servicios Públicos dependiente de la Subsecretaría de Energía del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación, a contratar en forma directa con la firma IPA ARGENTINA S.A., la "ADQUISICIÓN DE KIT DE REPUESTOS P/BOMBA FEDCO MODELO MMS 1539 6602 P/SERVICIO DE AGUA POTABLE-PUERTO PIRÁMIDES", por la suma de PESOS TRES MILLONES TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($ 3.037.787,37) equivalente a DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA MIL DOSCIENTOS VEINTISÉIS CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS (U$S 30.226,74) con IVA incluido, con un pago anticipado por el cuarenta por ciento (40%) contra entrega de póliza de caución; Que se autorizó la contratación directa con la firma IPA ARGENTINA S.A., en virtud de los antecedentes de exclusividad y diseño de la Planta de Osmosis Inversa que actualmente se encuentra instalada y en funcionamiento en la localidad de Puerto Pirámides, razones por la cual, se garantiza el buen funcionamiento de la bomba FEDCO MODELO MMS 1539 6602, siendo la principal bomba de impulsión de agua de mar en el proceso de Osmosis Inversa; Que la contratación que se impulsa se encuadra en el Artículo 95° Inciso c) Apartado 3) de la Ley II N° 76 y en el Artículo 20° y 109° del Decreto N° 777/06; Que de conformidad al Artículo 105° de la Ley II N° 76, el Poder Ejecutivo aprueba las contrataciones que excedan el valor equivalente a cien (100) módulos; Que en consecuencia corresponde aprobar la autorización conferida por el Señor Ministro de Infraestructura, Energía y Planificación mediante Resolución N° 487/2021 - MIEP para contratar en forma directa con la firma IPA ARGENTINA S.A., la "ADQUISICIÓN DE KIT DE REPUESTOS P/BOMBA FEDCO MODELO MMS 1539 6602 P/SERVICIO DE AGUA POTABLE - PUERTO PIRÁMIDES", por la suma de PESOS TRES MILLONES TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($ 3.037.787,37) equivalente a DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA MIL DOSCIENTOS VEINTISÉIS CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS (U$S 30.226,74) con IVA incluido, con un pago anticipado por el cuarenta por ciento (40%) contra entrega de póliza de caución; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°: APRUÉBASE la autorización conferida por el Señor Ministro de Infraestructura, Energía y Planificación mediante Resolución N° 487/2021-MIEP, para contratar en forma directa con la firma IPA ARGENTINA S.A., la "ADQUISICIÓN DE KIT DE REPUESTOS P/BOMBA FEDCO MODELO MMS 1539 6602 P/SERVICIO DE AGUA POTABLE - PUERTO PIRÁMIDES", por la suma de PESOS TRES MILLONES TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($ 3.037.787,37) equivalente a DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA MIL DOSCIENTOS VEINTISÉIS CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS (U$S 30.226,74) con IVA incluido, con un pago anticipado por el cuarenta por ciento (40%) contra entrega de póliza de caución.- Artículo 2°: IMPÚTESE el gasto que demande el cumplimiento de la presente erogación, cuyo monto asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($3.037.787,37) en la Jurisdicción 8 - Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación - SAF 31 - Subsecretaría de Energía - Fuente de Financia-miento 3.68 - Programa 17 - Proyecto 75 - Obra 03 - Inciso 2 - Partida Principal 9 -Parcial 7 - Subparcial 01 - Ejercicio 2.021.- Artículo 3°: El presente Decreto sera refrendado por los señores Ministros Secretario Estado en los Departamentos de Infraestructura, Energía y Planificación y de Gobierno y Justicia.- Artículo 4°: REGÍSTRESE, notifíqu4se, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.- DECRETO N° 1070/21 |
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