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Decreto 1215 / 2021 Mariano Arcioni (II) 

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Título: Ratificase el Convenio CONVE-2021
 
Fecha Registro: 06/12/2021
 
Detalle:

RAWSON,     06 DE DICIEMBRE DE 2021

VISTO:

El Expediente N° 4323.-MGyJ-2021; y,

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la ratificación del convenio suscripto entre el Ministerio de Transporte de la Nación y la Provincia del Chubut;
Que dicho convenio tiene por objeto garantizar el pleno ejercicio de los derechos políticos, elevando la frecuencia de los servicios provinciales de transporte público automotor urbano y suburbano de pasajeros para los días 12 de Septiembre y 14 de Noviembre de 2021;
Que es voluntad del Estado Nacional facilitar a los ciudadanos la emisión del sufragio procurando garantizar la mayor concurrencia a los actos eleccionarios;
Que en consecuencia resultó necesario promover los medios tendientes a facilitar el efectivo ejercicio del derecho de sufragio de la ciudadania en las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) para elección de candidatas y candidatos a diputadas, diputados, senadoras y senadores nacionales celebradas el 12 de Septiembre y en las elecciones nacionales para elegir a diputadas, diputados, senadoras y senadores nacionales celebradas el 14 de Noviembre de 2021;
Que correspondía incrementar la frecuencia de prestación de los servicios provinciales de transporte público automotor de pasajeros de la jurisdicción y su gratuidad en los días de elecciones mencionados;
Que conforme el convenio, el Ministerio compensará el cumplimiento de las prestaciones en el marco del Programa 68 (Formulación y Ejecución de Políticas de Movilidad Integral del Transporte) del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021;
Que el Ministerio compensará a la jurisdicción de conformidad con el criterio de distribución aplicado al fondo de compensación al transporte público de pasajeros por automotor urbano y suburbano del interior del país prorrogado por el artículo 72 de la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 Ley N° 27.591 con exclusión de los servicios de la jurisdicción adheridos al Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE), cuyos prestadores serán compensados en base a la información estadística disponible a través del aludido sistema, todo ello en un esquema armónico y equitativo;
Que corresponde la ratificación del mentado Convenio - CONVE-2021-85965054-APN-DGD#MTR;
Que conforme lo establece el Artículo 135, Inciso 1) de la Constitución de la Provincia del Chubut, corresponde dar cuenta del Convenio que en este acto se ratifica, a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut;
Que la Dirección General de Asuntos Legales dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia ha tomado debida intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT


DECRETA:

Artículo 1°.- Ratificase el Convenio CONVE-2021 -85965054-APN-DGD#MTR, suscripto el 13 de Septiembre de 2021 que fue protocolizado el 23 de Noviembre de 2021 al Tomo: 4 Folio: 119 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, cuyo objeto fue garantizar el pleno ejercicio de los derechos políticos, elevando la frecuencia de los servicios provinciales de transporte público automotor urbano y suburbano de pasajeros para los días 12 de Septiembre y 14 de Noviembre de 2021. Artículo 2°.- Los fondos transferidos por el Ministerio de Transporte de la Nación en el marco del Convenio que se ratifica por el presente, serán distribuidos por la Subsecretaría de Autotransporte Terrestre del Ministerio de Gobierno y Justicia de la Provincia a las empresas prestatarias del servicio público de automotor de pasajeros, dentro de los diez (10) días contados desde la aprobación de la rendición de cuentas. Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presentes será imputado de la siguien¬te manera: en la Jurisdicción: 20 - Ministerio de Gobierno y Justicia / SAF: 20 -Ministerio de Gobierno y Justicia / Ubicación Geográfica: 11999 - Ámbito Provincial / Programa 22 - Subsecretaría de Autotransporte Terrestre / Actividad: 01 - Conducción de la Subsecretaria de Autotransporte Terrestre / Inciso: 05 / Partida Principal: 01 / Partida Parcial: 09 - Transferencia a Empresas Privadas / Fuente de Financiamiento N" 403 - Fondo Compensador Tarifario para el Sistema de Transporte Automotor / Ejercicio 2021.-
Artículo 4°.- Dar cuenta a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut del Convenio que por este acto se ratifica.-
Artículo 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.-
Artículo 6°.- Regístrese, notifíquese, \comuníquese, dese al Boletín Oficial y, cumplido ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 1215/21
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