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Título: Designar como Personal de Gabinete, en el ámbito del Ministerio de Gobierno y Justicia, al Señor Sergio Alejandro COMBINA |
Fecha Registro: 09/02/2022 |
Detalle: RAWSON, 0 9 FEB 2022 VISTO: El Articulo 155 inciso 3o de la Constitución de la Provincia del Chubut; y CONSIDERANDO: Que se propone designar como Personal de Gabinete, en el ámbito del Ministerio de Gobierno y Justicia, al Señor Sergio Alejandro COMBINA, en los términos previstos en el Artículo 66° Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente Decreto; Que el funcionario designado percibirá una remuneración equivalente al cargo de Subsecretario; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por la Ley II N° 274; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será afectado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 1: Conducción del Ministerio de Gobierno y Justicia, Actividad 1: Conducción del Ministerio de Gobierno y Justicia; Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°,- Designar como Personal de Gabinete, en el ámbito del Ministerio de Gobierno y Justicia, al Señor Sergio Alejandro COMBINA (DNI N° 24.642.805 - Clase 1975), en los términos previstos en el Artículo 66° Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente Decreto. Artículo 2°.- Asignar al funcionario designado en el Artículo anterior, una remuneración equivalente al cargo de Subsecretario. Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 1: Conducción del Ministerio de Gobierno y Justicia, Actividad 1: Conducción del Ministerio de Gobierno y Justicia. Ejercicio 2022. Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifique se, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE. DECRETO N° 86/22 |
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