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Título: Reconózcase y declárase a los Veteranos de la Guerra en las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur residentes actualmente en la Provincia del Chubut, y a aquellos que siendo residentes en |
Fecha Registro: 31/03/2022 |
Detalle: L E Y V N° 181 LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE LEY Artículo 1°. -Reconózcase y declárase a los Veteranos de la Guerra en las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur residentes actualmente en la Provincia del Chubut, y a aquellos que siendo residentes en ella hubieren fallecido, como “Ciudadanos Ilustres de la Provincia del Chubut”; y a los Héroes Caídos en ese conflicto bélico, que residían en esta Provincia cuando fueron convocados a defender la soberanía nacional, como “Ciudadanos Ilustres Post Mortem”. Artículo 2°.-A los fines de identificar a los beneficiarios y receptores del reconocimiento y declaración que se efectúa en el artículo Io, el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio competente, efectuará un listado de las personas que se encuentren registradas como Veteranos de la Guerra y como Héroes Caídos en el conflicto bélico; el que deberá cotejar con los antecedentes obrantes en el Ministerio de Defensa de Nación. Oportunamente, comunicará el listado a la Legislatura Provincial. Artículo 3°. - LEY GENERAL. Comuniqúese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL VEINTIDOS. RAWSON, 3 1 MAR 2022 VISTO Y CONSIDERANDO: El proyecto de ley que reconoce y declara a los Veteranos de la Guerra en las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur residentes actualmente en la Provincia del Chubut, y a aquellos que siendo residentes en ella hubieren fallecido, como “Ciudadanos Ilustres de la Provincia del Chubut”; y a los Héroes Caídos en ese conflicto bélico, que residían en esta provincia cuando fueron convocados a defender la soberanía nacional, como “Ciudadanos Ilustres Post Mortem”; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 31 de marzo de 2022 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140 de la Constitución Provincial; POR ELLO: Téngase por Ley de la Provincia: V N° 181 Cúmplase, comuníquese y oportunamente publíquese en el Boletín Oficial DECRETO N° 255/2022 |
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