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Título: Designar al señor Gabriel Inocencio MARIN a la señora Elsa Beatriz ESPINOZA y a la señora Patricia Verónica TAPIA |
Fecha Registro: 07/04/2022 |
Detalle: RAWSON, 07 ABR 2022 VISTO: El Expediente N° 0744-MGYJ-2022; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se tramitan las designaciones de las personas que se detallan a continuación como miembros integrantes de la Junta Vecinal de la Comuna Rural de Aldea Belciro: Tesorero: señor Gabriel Inocencio MARIN, Secretaria de Actas: señora Elsa Beatriz ESPINOZA y Vocal: señora Patricia Verónica TAPIA, a partir de la fecha del presente Decreto; Que según lo establecido en el Artículo 6o de la Ley XVI N° 93, el Presidente de la Comuna Rural estará asistido por una Junta Vecinal integrada por cinco (5) miembros: el Presidente, el Vicepresidente, un (1) Tesorero, un (1) Secretario de Actas y (1) Vocal. Su mandato culmina el mismo día en que cesa el Presidente sin que ningún evento pudiera prorrogarlo; Que de conformidad al Articulo 7° de la Ley XVI N° 93 corresponde designar a los tres (3) miembros no electivos de la Junta Vecinal; Que no existe impedimento para acceder a lo solicitado, Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Justicia, ha tomado debida intervención, Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHLBUT DECRETA: Artículo 1°.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto, como miembros integrantes de la Junta Vecinal de la Comuna Rural de Aldea Beleiro a las personas que se detallan a continuación: Tesorero: señor Gabriel Inocencio MARIN (DNI N° 29.820.922 - Clase 1984) Secretaria de Actas: señora Elsa Beatriz ESPINOZA (DNI N° 22.281.748 - Clase 1972) y Vocal: señora Patricia Verónica TAPIA (DNI N° 25.193.007 - Clase 1977), a partir de la fecha del presente Decreto - Articulo 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia - Articulo 3°,- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE- DECRETO N° 320/2022 |
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