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Decreto 603 / 2022 Mariano Arcioni (II) 

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Título: Rechazar la oferta presentada para los Renglones N° 1 y N° 2 en la Licitación Pública N° 02/2021-M.D.S.F.M.J
 
Fecha Registro: 07/06/2022
 
Detalle:

RAWSON, 0 7 JUN 2022

VISTO:

El Expediente 176 - M.D.S.F.M.J. - 2021; y las Resoluciones N° 261 - M.D.S.F.M.J.-2021 y N° 352- M.D.S.F.M.J- 2021; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente del Visto, el Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud gestiona la adquisición de colchones de una (1) plaza para stock del Depósito Central de dicho Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud y para la renovación de los colchones de instituciones bajo su dependencia;
Que por Resolución N° 261- M.D.S.F.M.J.-2021, se procedió al llamado a Licitación Publica N° 02/2021- M.D.S.F.M.J. y se aprobó el Pliego que rigió dicha Licitación, fijándose como Presupuesto Oficial para la mencionada contratación, la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS ($ 19.296.600,00);
Que asimismo, por el Artículo 4o de la citada Resolución, se autoriza a la Dirección General de Administración, a fijar fecha y hora de la apertura de las ofertas, como asimismo en el Artículo 5o se designan a los miembros de la Comisión de Preadjudicación encargados de la selección y análisis de las ofertas;
Que en ese orden de ideas, por el Artículo 7o de la Resolución N° 261- M.D.S.F.M.J.-2021, se autoriza al Servicio Administrativo de este Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud a reducir los plazos establecidos en el Artículo 106° de la Ley II N° 76, correspondiente al llamado a Licitación Publica N° 02/2021-M.D.S.F.M.J.;
Que a su vez, los Artículos 8o y 9o autorizan la modalidad de pago anticipado de hasta un treinta y cinco por ciento (35 %), en el marco de la normativa dispuesta por el Artículo 104° de la Ley II N° 76, con requerimiento de constituir las garantías correspondientes y con las formas previstas en los Artículos 27° y 109° del Decreto N° 777/06 y de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado para la presente Licitación;
Que a fojas 194/196 obra Resolución N° 352- M.D.S.F.M.J. 2021, por medio de la cual se declara la nulidad parcial de lo actuado en el Expediente N° 176- M.D.S.F.M.J.-2021, en virtud de haberse transgredido los principios de legalidad, publicidad, difusión y concurrencia en el proceso licitatorio, previstos en la Ley II N°76 y su Decreto Reglamentario N° 777/06, autorizando a la Dirección General de Administración del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud a fijar nueva fecha de apertura para la Licitación Publica N° 02/21- M.D.S.F.M.J.;
Que por disposición N° 03/21-DGA-M.D.S.F.M.J., se fija nueva fecha de apertura para el día 23 de julio del 2021 a las 11:00 horas, en las oficinas del Departamento Licitaciones y Compras de la Dirección General de Administración del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud;
Que a fojas 211, 241, 244 a 247 y 619 obran las publicaciones de la nombrada Licitación Publica N° 02/2021 - M.D.S.F.M.J., de acuerdo a la normativa dispuesta por el Artículo 106° inciso a) de la Ley II N° 76 y el Artículo 7o de la Resolución N° 261-M.D.S.F.M.J.-2021;
Que a fojas 248 obra planilla de Entrega de Pliegos para la adquisición de colchones de una (1) plaza para el Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud;
Que a fojas 249/253 obra el Acta de Apertura N° 69/21-EGG de la Escribanía General de Gobierno, correspondiente a la Licitación Pública N° 02/2021- M.D.S.F.M.J, realizada el día 23 de julio de 2021, ante la Escribana General de Gobierno señora Soledad IBAÑEZ GONZALEZ y en presencia de la señora Gisela Vanesa PUGH y el señor Fabián Eduardo VILLAR, ambos personal administrativo del Departamento Licitaciones y Compras, en representación del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud y oferentes señor Horacio Daniel BORRALLERAS, en representación de la firma BITCOIN S.A., señor Ornar KOHLER, en representación de Shopping LA CAPITAL S.R.L. y el señor Miguel GERONIMO en representación de la Empresa GALILEO;
Que formularon sus ofertas las siguientes firmas comerciales: Sobre N° 1: PICK2TOYS S.R.L., Sobre N° 2: HANDEL S.R.L., Sobre N° 3: Shopping LA CAPITAL S.R.L., Sobre N° 4: BITCOIN S.A., y Sobre N° 5: GALILEO de Sergio Daniel GERÓNIMO;
Que del Acta de Apertura N° 69/21-EGG de la Escribanía General de Gobierno, surge que la Escribana actuante rechaza la oferta Sobre N° 2 de la firma HANDEL S.R.L., por incumplimiento del Artículo 22° inciso a) del Pliego de Bases y Condiciones Generales;
Que a fojas 531/532 obra cuadro comparativo de precios efectuado por el Departamento Licitaciones y Compras del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud;
Que a fojas 557 a 560 vuelta se agrega Dictamen de fecha 17 de agosto de 2021, expidiéndose la Comisión de Preadjudicación, designada por Resolución N° 261-M.D.S.F.M.J.-2021, para la Licitación Publica N° 02/2021 M.D.S.F.M.J tomando como criterio de la selección de la oferta que provea mayor conveniencia técnica y económica para la Provincia, teniendo en cuenta la calidad de los diferentes productos en relación con su precio y legalmente ajustada a las condiciones del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares;
Que en base a lo expuesto por dicha Comisión, corresponde rechazar la oferta para el Renglón N° 1 y Renglón N° 2 del Proveedor BITCOIN S.A, por no cumplir con la documentación requerida en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares, rechazar la oferta para Renglón N° 1 y Renglón N° 2 del proveedor HANDEL S.R.L., por no cumplir con el Artículo 22° Inciso a) del Pliego de Bases y Condiciones Generales, de acuerdo al Acta de Apertura 69/21-EGG de la Escribanía General de Gobierno;
Que de acuerdo a las constancias obrantes en el Expediente del Visto, la Comisión de Preadjudicación aconseja: adjudicar en la Licitación Publica N° 02/2021-M.D.S.F.M.J., para el Renglón N° 1 a la oferta de ciento nueve (109) colchones de una plaza a la firma PICKYTOYS S.R.L., por estar su presentación técnica legalmente ajustada a las Condiciones del Pliego de Bases y Condiciones y resultar su propuesta conveniente a los intereses provinciales, adjudicar el Renglón N° 2 a la oferta de quinientos (500) colchones de una plaza presentada por la firma Shopping LA CAPITAL S.R.L., con fundamento en el Artículo 10° del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Artículo 5o del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y por estar su presentación técnica y legalmente ajustada a las condiciones del Pliego de Bases y Condiciones y resultar su propuesta económica conveniente a los intereses provinciales y adjudicar parcialmente el Renglón N° 2 a la oferta de quinientos (500) colchones de una plaza, presentada por la firma GALILEO de Sergio Daniel GERONIMO, con fundamento en el Artículo 10° del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Artículo 5o del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y por estar su presentación técnica y legalmente ajustada a las condiciones del Pliego de Bases y Condiciones y resultar su propuesta económica conveniente a los intereses provinciales;
Que a fojas 617 la Dirección General de Administración informó al señor Ministro de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud que, las firmas Shopping LA CAPITAL S.R.L., y GALILEO de Sergio Daniel GERÓNIMO mantienen sus ofertas, no obstante, la firma PICKYTOYS S.R.L. no ha mantenido su oferta, recomendando adjudicar en orden de mérito, con fundamento en lo expuesto en el Dictamen de la Comisión de Preadjudicación;
Que a fojas 626 luce Cuadro de Pre-Adjudicación;
Que en ese orden de ideas y de acuerdo a las constancias adunadas oportunamente, se procederá a adjudicar el Renglón N° 1 de la Licitación Publica N° 02/2021-M.D.S.F.M.J., a la oferta de ciento nueve (109) colchones de una plaza y parcialmente el Renglón N° 2 a la oferta de quinientos (500) colchones de una plaza, presentada por la firma GALILEO de Sergio Daniel GERONIMO, por estar su presentación técnica y legalmente ajustada a las condiciones del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares y resultar su propuesta conveniente a los intereses provinciales y adjudicar el Renglón N° 2 de la Licitación Publica N° 02/2021-M.D.S.F.M.J. a la oferta de quinientos (500) colchones de una plaza presentada por la firma Shopping LA CAPITAL S.R.L., con fundamento en el Artículo 5o del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y por estar su presentación técnica y legalmente ajustada a las condiciones del Pliego de Bases y Condiciones y resultar su propuesta conveniente a los intereses provinciales;
Que corresponde desestimar la oferta de la firma HANDEL S.R.L., por no cumplir con el Artículo 7o del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, asimismo rechazar las ofertas de las firmas BITCOIN S.A. y PICKYTOYS S.R.L., por no cumplir con la documentación requerida y no ajustarse a los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares;
Que en ese orden de ideas, a fojas 645 la Dirección General de Administración, informa a la señora Ministro de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud que, la firma Shopping LA CAPITAL S.R.L., no mantiene su oferta, por lo que corresponde rechazar la misma;
Que por lo expuesto corresponde adjudicar el Renglón N° 2 a la oferta de mil (1000) colchones de una plaza, presentada por la firma GALILEO de Sergio Daniel GERONIMO;
Que obran las autorizaciones de rigor para el presente trámite;
Que lucen adunados Preventivos del Gasto, confeccionados por la Dirección General de Administración del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, garantizando las partidas presupuestarias para la presente Licitación Pública en el presente ejercicio;
Que a fojas 637/638 obra Dictamen N° 052 -F.E.-2021 de la Fiscalía de Estado de la Provincia del Chubut;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1º.- Rechazar la oferta presentada para los Renglones N° 1 y N° 2 en la Licitación Pública N° 02/2021-M.D.S.F.M.J., por la firma HANDEL S.R.L. (CUIT N° 30-71567049-2), con domicilio en calle 10 E/5 y 7 Parque Industrial Santa Rosa La Pampa, en base a los fundamentos expuestos en los Considerandos respectivo del presente Decreto.
Artículo 2°.- Rechazar la oferta presentada para los Renglones N° 1 y N° 2 en la
Licitación Pública N° 02/2021-M.D.S.F.M.J., por la firma PICKYTOYS S.R.L. (CUIT N° 30-71542580-3), con domicilio en calle Juan Chassaing N° 410 de la localidad de Villa Sarmiento de la Provincia de Buenos Aires, en base a los fundamentos expuestos en los Considerandos respectivo del presente Decreto.
Artículo 3o.- Rechazar las ofertas presentadas para los Renglones N° 1, N° 2 y alternativa para el Renglón N° 2 de la Licitación Pública N° 02/2021- M.D.S.F.M.J., por la firma BITCOIN S.A. (CUIT N° 30-71504972-0), con domicilio en Belgrano Norte N° 852 de la ciudad de Trelew, en base a los fundamentos expuestos en los Considerandos respectivos del presente Decreto.
Artículo 4o.- Rechazar la oferta presentada para el Renglón N° 2 en la Licitación Pública N° 02/2021-M.D.S.F.M.J., por la firma Shopping LA CAPITAL S.R.L., (CUIT N° 30-70983909-4), con domicilio en Avenida Julián Murga N° 192 de la ciudad de Rawson, en base a los fundamentos expuestos en los Considerandos respectivos del presente Decreto.
Artículo 5°. - Adjudicar el Renglón N° 1 a la oferta presentada en la Licitación Pública N° 02/2021-M.D.S.F.M.J., destinada a la adquisición de colchones de una (1) plaza para stock del Depósito Central del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud y para la renovación de los colchones de instituciones dependientes del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, a la firma GALILEO de Sergio Daniel GERONIMO (CUIT N° 20-32650224-4), con domicilio en calle Piedrabuena N° 1471 de la ciudad de Trelew, por los renglones, cantidades y precios que se especifican en el Anexo I del presente Decreto, por estar su presentación ajustada técnica y legalmente a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares y resultar su propuesta conveniente a los intereses provinciales, de acuerdo a los fundamentos expuestos en los Considerandos que anteceden.
Artículo 6o.- Adjudicar el Renglón N° 2 a la oferta presentada en la Licitación Pública N° 02/2021-M.D.S.F.M.J., destinada a la adquisición de colchones de una (1) plaza para stock del Depósito Central del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud y para la renovación de los colchones de instituciones dependientes del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, a la firma GALILEO de Sergio Daniel GERONIMO (CUIT N° 20-32650224-4), con domicilio en calle Piedrabuena N° 1471 de la ciudad de Trelew, por los renglones, cantidades y precios que se especifican en el Anexo I del presente Decreto, por estar su presentación ajustada técnica y legalmente a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares y resultar su propuesta conveniente a los intereses provinciales, de acuerdo a los fundamentos expuestos en los Considerandos que anteceden.
Artículo 7o.- Autorizar al Servicio Administrativo del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud al pago anticipado de hasta el treinta y cinco por ciento (35%), a aquellos proveedores que hubieren optado por dicha modalidad de pago anticipado, en el marco de la normativa dispuesta por el artículo 104° de la Ley II N° 76, con requerimiento de constituir las garantías correspondientes y con las formas previstas en el artículo 27° y 109° del Decreto N° 777/06 y de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública N° 02/2021-M.D.S.F.M.J.
Artículo 8º. - El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto el cual asciende a la suma total de PESOS DIECISEIS MILLONES OCHENTA MIL QUINIENTOS ($ 16.080.500,00), será con cargo a: Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - Programas 1 y 22 - Actividades 1 y 3- Inciso 2 y 5 - Partidas Principales 2 y 1 - Partidas Parciales 3 y 4 - Fuente de Financiamiento 441 - Ejercicio año 2022.
Artículo 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretaria de Estado en el Departamento de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud y por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia,     
Artículo 10°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.

DECRETO Nº 603/2022


ANEXO I

Renglón N° 1: 109 colchones de una (1) plaza medidas: 0,80 x 1,90 x 18 cm matelaseado relleno de goma espuma de poliuretano - tela - algodón - alta densidad, peso 5.6 kgs. Por un precio unitario de PESOS CATORCE MIL QUINIENTOS ($ 14.500,00) y un precio total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS ($ 1.580.500,00) a la firma GALILEO CUIT N° 20-32650224-4 con domicilio en calle Piedrabuena N° 1471 de la ciudad de Trelew, representada por el Sergio Daniel GERONIMO - (DNI N° 32.650.224).
Renglón N° 2: 1000 colchones de una (1) plaza medidas: 0,80 x 1,90 x 18 cm matelaseado relleno de goma espuma de poliuretano — tela - algodón - alta densidad, peso 5.6 kgs. Por un precio unitario de PESOS CATORCE MIL QUINIENTOS ($ 14.500,00) y un precio total de PESOS CATORCE MILLONES QUINIENTOS MIL MIL ($ 14.500.000,00) a la firma GALILEO CUIT N° 20-32650224-4 con domicilio en calle Piedrabuena N° 1471 de la ciudad de Trelew, representada por el Sergio Daniel GERONIMO - (DNI N° 32.650.224).

Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 777/2006

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)