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Decreto 891 / 2022 Mariano Arcioni (II) 

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Título: Declárase la Emergencia en los Servicios, Divisiones y Secciones de la Terapia Intensiva de Pediatría de los efectores del Subsector estatal de Salud del Hospital Regional de Comodoro Rivadavia
 
Fecha Registro: 08/08/2022
 
Detalle:

RAWSON, 08 AGO 2022

VISTO:
El Expediente Nº 3423/22 MS, los Artículos 18º inciso 2º, 66º, 72º, 156º y concordantes de la Constitución Provincial; y,

CONSIDERANDO:

Que en el expediente citado en el Visto, el Ministerio de Salud de la Provincia del Chubut informa sobre la grave crisis que atraviesa el servicio de terapia intensiva pediátrica del Hospital Regional de Comodoro Rivadavia generada por la renuncia presentada por la totalidad de los profesionales médicos pediatras que integran el referido servicio, impulsando una serie de acciones tendientes a mitigar las impensadas y gravosas consecuencias que provocarían la falta de pediatras en dicho servicio;
Que las renuncias presentadas se fundamentan, conforme lo manifestado por el equipo de pediatras en sus dimisiones, en la disconformidad con el contenido de la Circular Nº 16/2022 por la cual se fijan parámetros y mecanismos de otorgamiento y fijación de cantidad de horas guardias activas y pasivas, dictada en consonancia con lo establecido por el C.C.T. de Salud (aprobado por Resolución Nº 164/13 STR);
Que las dimisiones presentadas el día 12 de Julio de 2022 se efectivizarían en el plazo de treinta (30) días corridos, que dejaría literalmente sin servicio público de terapia intensiva pediátrica a la ciudad de Comodoro Rivadavia y área de incumbencia, afectando la debida cobertura de dicho servicio en el Hospital Regional que provee atención polivalente continua a lactantes, niños o adolescentes críticamente enfermos, que incluye recuperación post cirugía pediátrica, pacientes oncológicos críticos, postquirúrgico de cirugía general infantil, neurocirugía, y pacientes críticos con patología clínica, entre otros, poniendo en grave riesgo la vida de los mismos;
Que además, ello generará la necesidad, entre otras, de cubrir la atención del servicio de referencia con pediatras que se encuentran cumpliendo funciones en otros hospitales, con la sobrecarga laboral y de responsabilidad que ello genera en aquellos, o en los casos en resultare clínicamente posible, con la derivación médica a otros centros de salud pública;
Que según informa, ante ésta situación el Ministerio de Salud viene realizando denodados esfuerzos a los efectos de resolver la cobertura del servicio a través de reemplazos o mediante la incorporación de nuevos profesionales, solución que se ve dificultada atento la necesidad de cubrir más de ocho cargos en el servicio de UTI pediátrica del hospital cabecera de una de las zonas más pobladas de la Provincia del Chubut, en tan corto plazo;
Que la renuncia masiva de los integrantes de la UTI pediátrica, genera una
emergencia sanitaria en el servicio de referencia;
Que el accionar en bloque del citado equipo de profesionales médicos, obedece a
la disconformidad con el contenido de la Circular Nº 16/2022, poniendo en serio riesgo la salud de la población;
Que la renuncia masiva por este motivo, además de ser una actitud corporativa, producto de una posición dominante, contraria a la ética, resulta especialmente atentatoria contra los principios de buena fe y de razonabilidad;
Que se impone actuar de conformidad a la Constitución de nuestra Provincia, que en su artículo 18 reconoce como derechos fundamentales el derecho a la vida y a la protección de la salud, y en su artículo 72 dispone entre otros aspectos que el Estado Provincial a través de sus efectores públicos, debe garantizar el mantenimiento, protección y mejoramiento de la salud;
Que según se informa, el Ministerio de Salud se encuentra realizando ingentes esfuerzos tendientes a resolver la grave situación generada por la dimisión de los citados profesionales de la salud;
Que ante la situación descripta que pone en gravísimo riesgo la salud de la población de la citada ciudad y su ámbito de incumbencia, se torna indispensable adoptar medidas de excepción adecuadas para resguardar los derechos de cada uno de los ciudadanos que demanden atención en dicho nosocomio, y decretar la emergencia en las prestaciones brindadas en la unidad de terapia intensiva pediátrica del Hospital Regional de Comodoro Rivadavia;
Que el Estado debe asegurar la correcta prestación del servicio público de salud, debiendo disponer todas las medidas conducentes a satisfacer las necesidades sociales;
Que la naturaleza de la situación, y el hecho que no obstante encontrarse sesionando la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut, no existe tiempo suficiente para tramitar la sanción de una ley que impida que se efectivicen las dimisiones presentadas, imponen el dictado del presente acto administrativo, el que será sometido a ratificación legislativa en forma inmediata, y sin perjuicio de la remisión - a todo evento ¬del proyecto de ley respectivo;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado debida intervención en el presente trámite;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CHUBUT
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

Artículo 1°.- Declárase la Emergencia en los Servicios, Divisiones y Secciones de la Terapia Intensiva de Pediatría de los efectores del Subsector estatal de Salud del Hospital Regional de Comodoro Rivadavia y de todos los centros asistenciales de él dependientes, por el plazo de seis (6) meses, con el principal objetivo de asegurar la cobertura del servicio de UTI pediátrica en el citado nosocomio.-
Artículo 2º.- El Ministerio de Salud deberá adoptar las medidas y ejecutar las acciones conducentes para garantizar la prestación de la especialidad en el marco de la emergencia establecida por la presente norma en el Hospital Regional de Comodoro Rivadavia y en todos los centros asistenciales de él dependientes; incluyendo la asignación transitoria de funciones en dicha ciudad de personal dependiente con asiento en otra ciudad en los términos y condiciones establecidos en el respectivo régimen laboral.
Articulo 3º.-Durante el periodo de emergencia declarada, las renuncias de los profesionales médicos integrantes de la unidad de terapia intensiva pediatrica que presten servicios y/o cumplan funciones de la especialidad, en el Hospital Regional de Comodoro Rivadavia y de los centros asistenciales de él dependientes, quedarán suspendidas hasta tanto otro profesional acepte desempeñar las mismas, o sea aceptada su renuncia.-
Articulo 4°.- Mientras dure la emergencia declarada, ninguno de los médicos pediatras
integrantes de la terapia intensiva pediátrica del Hospital Regional de Comodoro Rivadavia y de todos los centros asistenciales de él dependientes podrá negarse a cumplir con las exigencias y necesidades de su servicio y/o funciones profesionales, hasta tanto sea reemplazado por otro, bajo apercibimiento de promover la aplicación de las sanciones administrativas previstas por la legislación vigente, y de proceder a iniciar las acciones civiles y penales que por ley pudiera corresponder.-
Artículo 5°.- Dese cuenta a la Honorable Legislatura de la Provincia.-
Articulo 6°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.-

DECRETO N° 891/2022
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