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Título: Reservar el cargo de revista a la agente Elizabeth Alejandra PAZ cargo Jefe de Departamento Legajos y Licencias del Ministerio de Gobierno y Justicia |
Fecha Registro: 31/08/2022 |
Detalle: RAWSON, 31 AGO 7022 VISTO: El Expediente N° 1388-MGyJ-2022; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita reservar el cargo de revista de la agente Elizabeth Alejandra PAZ, cargo Jefe de Departamento Legajos y Licencias, Clase II, Agrupamiento Personal Jerárquico, Planta Permanente del Plantel Básico de la Dirección General de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia, quien fuera designada en el cargo de Subsecretaría de Coordinación de Gestión dependiente del Ministerio de Seguridad mediante Decreto N° 268/22, desde el 04 de abril de 2022, en virtud de lo establecido en el Artículo 14° en concordancia con el Artículo 20° de la Ley I N° 74; Que encontrándose reunidos en el caso, los supuestos de hecho necesarios, resulta procedente exceptuar el presente trámite del criterio de irretroactividad dispuesto por el Artículo 32° de la Ley I N° 18; Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Reservar el cargo de revista a la agente Elizabeth Alejandra PAZ (DNI N° 21.712.232- Clase 1970), cargo Jefe de Departamento Legajos y Licencias, Clase II, Agrupamiento Personal Jerárquico, Planta Permanente del Plantel Básico de la Dirección General de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia, quien fuera designada en el cargo de Subsecretaría de Coordinación de Gestión dependiente del Ministerio de Seguridad mediante Decreto N° 268/22, desde el 04 de abril de 2022, en virtud de lo establecido en el Artículo 14° en concordancia con el Artículo 20° de la Ley I N° 74. Artículo 2°,- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia. Artículo 3°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE. DECRETO N° 1009 |
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