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Decreto 1263 / 2022 Mariano Arcioni (II) 

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Título: Dejar sin efecto la designación en el cargo de Director de Coordinación Esquel del agente ALVAREZ Edgar Matías y Designar al agente HOLMES Sandro Horacio en el mismo cargo
 
Fecha Registro: 02/11/2022
 
Detalle:

RAWSON 02 NOV 2022
VISTO:
El Expediente N° 2182 - STR - 2022; y,
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita dejar sin efecto a partir de la fecha del presente Decreto, la designación en el cargo de Director de Coordinación Esquel dependiente de la Subsecretaría de Recuperación y Promoción del Empleo - Secretaría de Trabajo, del agente ALVAREZ Edgar Matías , designado en su oportunidad mediante Decreto N° 108/20, y vuelve a su cargo de revista Jefe Departamento Coordinación de Servicios Laborales y Administrativos de la Dirección Regional Delegación Esquel dependiente de la Dirección General de Coordinación - Planta Permanente de la Subsecretaría de Trabajo - Secretaría de Trabajo,
Que por lo expuesto se solicita designar a partir de la fecha del presente Decreto, en el cargo de Director de Coordinación Esquel dependiente de la Subsecretaría de Recuperación y Promoción del Empleo - Secretaría de Trabajo, al agente HOLMES Sandro Horacio, quien revista en el cargo Jefe División Reclamaciones y Conciliaciones Laborales dependiente del Departamento Coordinación Servicios Laborales y Administrativos de la Dirección Regional Delegación Esquel dependiente de la Dirección General de Coordinación - Planta Permanente de la Subsecretaría de Trabajo - Secretaría de Trabajo,
Que asimismo corresponde reservar el cargo de revista del agente HOLMES Sandro Horacio, Jefe División Reclamaciones y Conciliaciones Laborales dependiente del Departamento Coordinación de Servicios Laborales y Administrativos de la Dirección Regional Delegación Esquel dependiente de la Dirección General de Coordinación - Planta Permanente de la Subsecretaría de Trabajo - Secretaría de Trabajo, a partir de la fecha del presente Decreto, en virtud de lo establecido en el Artículo 14° en concordancia con el Artículo 20° de la Ley I N° 74;
Que no existe impedimento para acceder a lo solicitado;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por la Ley II N° 274;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Administración de Personal;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Dejar sin efecto a partir de la fecha del presente Decreto, la designación en el cargo de Director de Coordinación Esquel dependiente de la Subsecretaría de Recuperación y Promoción del Empleo - Secretaría de Trabajo, del agente ALVAREZ Edgar Matías (M.I N° 12.977.640 - Clase 1959), designado en su oportunidad mediante Decreto N° 108/20, y vuelve a su cargo de revista Jefe Departamento Coordinación de Servicios Laborales y Administrativos de la Dirección Regional Delegación Esquel dependiente de la Dirección General de Coordinación - Planta Permanente de la Subsecretaría de Trabajo - Secretaría de Trabajo.-
Artículo 2°.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto, en el cargo de Director de Coordinación Esquel dependiente de la Subsecretaría de Recuperación y Promoción del Empleo - Secretaría de Trabajo, al agente HOLMES Sandro Horacio (M.I.N0 20.663.769 - Clase 1969), quien revista en el cargo Jefe División Reclamaciones y Conciliaciones Laborales dependiente del Departamento Coordinación Servicios Laborales y Administrativos de la Dirección Regional Delegación Esquel dependiente de la Dirección General de Coordinación - Planta Permanente de la Subsecretaría de Trabajo — Secretaría de Trabajo.-
Artículo 3°.- Reservar el cargo de revista del agente HOLMES Sandro Horacio (M.I. N° 20.663.769 - Clase 1969), Jefe División Reclamaciones y Conciliaciones Laborales dependiente del Departamento Coordinación de Servicios Laborales y Administrativos de la Dirección Regional Delegación Esquel dependiente de la Dirección General de Coordinación - Planta Permanente de la Subsecretaría de Trabajo - Secretaría de Trabajo, a partir de la fecha del presente Decreto, en virtud de lo establecido en el Artículo 14° en concordancia con el Artículo 20° de la Ley 1 N° 74;
Artículo 4°- El gasto que demande el cumplimiento del presente tramite será afectado a la Jurisdicción: 15 - Secretaría de Trabajo - SAF: 15 - Secretaría de Trabajo - Programa 17 - Conducción Programa Asistencia Laboral - Actividad 1 - Conducción Programa Asistencia Laboral - Fuente de Financiamiento 111 - Ejercicio 2022.-
Artículo 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.-
Artículo 6°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.-
DECRETO N° 1263 .-
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Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 108/2020

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)