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Decreto 1458 / 2022 Mariano Arcioni (II) 

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Título: Designar como Personal de Gabinete en el ámbito del Ministerio de Gobierno y Justicia, al señor Gonzalo Ariel CARRASCO
 
Fecha Registro: 14/12/2022
 
Detalle:

RAWSON, 14 DIC 2022
VISTO:
El Artículo 155 inciso 3°de la Constitución de la Provincia del Chubut; y
CONSIDERANDO:
Que se propone designar como Personal de Gabinete en el ámbito del Ministerio de Gobierno y Justicia, al señor Gonzalo Ariel CARRASCO, en los términos previstos en el Artículo 66° Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 274;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 1: Conducción del Ministerio de Gobierno y Justicia, Actividad 1: Conducción del Ministerio de Gobierno y Justicia;
Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Designar como Personal de Gabinete en el ámbito del Ministerio de Gobierno y Justicia, al señor Gonzalo Ariel CARRASCO (DNI N° 37.994.121- Clase 1994) en los términos previstos en el Artículo 66° Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto. Artículo 2°,- Asignar al funcionario designado en el Artículo anterior una remuneración equivalente al cargo de Director General.
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 1: Conducción del Ministerio de Gobierno y Justicia, Actividad 1: Conducción del Ministerio de Gobierno y Justicia. Ejercicio 2022.
Artículo 4o.- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.
DECRETO N° 1458
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