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Título: Incorpórase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central |
Fecha Registro: 28/03/2023 |
Detalle: RAWSON, 28 MAR 2023 VISTO: Los Expedientes N° 620 -MDSFMJ-2023; y CONSIDERANDO: Que por Ley II N° 282, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2023; Que por el Expediente N° 620-MDSFMJ-2023, la Dirección General de Administración del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, solicita incremento presupuestario en la Fuente de Financiamiento 5.03, a efectos de registrar los fondos provenientes del Convenio celebrado con la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, destinado a la ejecución de los proyectos presentados para el fortalecimiento de los Centros de Desarrollo Infantil de Primera Infancia CAF “Ruca Cumelén” y CAF “Los Grillitos”; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 15° inciso a) de la Ley II N° 282, se autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar al Presupuesto los recursos provenientes de aportes que se asignen con fines específicos; esta modificación será comunicada dentro de los treinta (30) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Incorpórase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2023, la suma de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MIL ($ 2.828.000,00.-) en la Jurisdicción 40, SAF 40 - SAF Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa N° 1, que forma parte del presente Decreto.- Artículo 2°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.- Artículo 3°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.- Artículo 4°.- Regístrese , comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas y cumplido ARCHÍVESE. DECRETO N° 286/2023 |
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