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Decreto 500 / 2023 Mariano Arcioni (II) 

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Título: Designar como Personal de Gabinete en el ámbito del Ministerio de Gobierno y Justicia, a la señora Marcela Alejandra RECHIMONT
 
Fecha Registro: 15/05/2023
 
Detalle:

RAWSON, 15 MAY 2023
VISTO:
El Artículo 155 inciso 3° de la Constitución de la Provincia del Chubut; y
CONSIDERANDO:
Que se propone designar como Personal de Gabinete en el ámbito del Ministerio de Gobierno y Justicia, a la señora Marcela Alejandra RECHIMONT, en los términos previsto en el Artículo 66° Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por la Ley II N° 282;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será afectado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 1: Conducción del Ministerio de Gobierno y Justicia, Actividad 1: Conducción del Ministerio de Gobierno y Justicia;
Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Designar como Personal de Gabinete en el ámbito del Ministerio de Gobierno y Justicia, a la señora Marcela Alejandra RECHIMONT (DNI N° 20.421.732 - Clase 1968) en los términos previstos en el Artículo 66° Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto.
Artículo 2°.- Asignar a la funcionaria designada en el Artículo anterior una remuneración equivalente al cargo de Director General.
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 1: Conducción del Ministerio de Gobierno y Justicia, Actividad 1: Conducción del Ministerio de Gobierno y Justicia. Ejercicio 2023.
Artículo 4°.- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.

DECRETO N° 500
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