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Título: Trasladar al agente Facundo Javier CRESPO del Plantel Básico de la Dirección General del Registro del Estado Civil a la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble |
Fecha Registro: 03/07/2023 |
Detalle: RAWSON, 03 JUL 2023 VISTO: El Expediente N° 4303-MGyJ-2022; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita trasladar al agente Facundo Javier CRESPO, cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004, Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, Planta Permanente del Plantel Básico de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno y Justicia, otorgado mediante Decreto N° 383/23, a la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno y Justicia, por aplicación del Artículo 19° de la Ley I N° 74, reglamentado por el Decreto N° 1330/81, a partir de la fecha del presente decreto; Que atento a ello se hace necesario modificar la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 18: Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Actividad 1: Registro Civil - Comarca del VIRCH - Valdés y Programa 17: . Registro de la Propiedad Inmueble, Actividad 1: Propiedad Inmueble; Que se hace necesario modificar el Plantel Básico de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno y Justicia, eliminándose un (1) cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004, Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo Planta Permanente e incrementándose el mismo cargo en la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno y Justicia; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 282; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 17: Registro de la Propiedad Inmueble, Actividad 1: Propiedad Inmueble; Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Modificar la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 18: Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Actividad 1: Registro Civil — Comarca del VIRCH - Valdés y Programa 17: Registro de la Propiedad Inmueble, Actividad 1: Propiedad Inmueble. Artículo 2°.- Modificar el Plantel Básico de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno y Justicia, eliminándose un (1) cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004, Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo Planta Permanente e incrementándose el mismo cargo en la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno y Justicia, conforme a los Anexos I y II que forman parte integrante del presente decreto. Articulo 3°.- Trasladar al agente Facundo Javier CRESPO (DNI N° 40.739.341 - Clase 1997), cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004, Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, Planta Permanente del Plantel Básico de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno y Justicia, otorgado mediante Decreto N° 383/23, a la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno y Justicia, por aplicación del Artículo 19° de la Ley I N° 74, reglamentado por el Decreto N° 1330/81, a partir de la fecha del presente decreto. Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será afectado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 17: Registro de la Propiedad Inmueble, Actividad 1: Propiedad Inmueble. Ejercicio 2023. Artículo 5°.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno y Justicia y de Economía y Crédito Público. Artículo 6°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE. DECRETO N° 749 |
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