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Título: Designar,a la agente Adriana Agostina FERNÁNDEZ |
Fecha Registro: 17/07/2023 |
Detalle: RAWSON,1 7 JUL 2023 VISTO: El Expediente N° 1974/2023-MAGIyC; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita la designación de la agente Adriana Agostina FERNANDEZ, quien revista en el cargo Personal de Servicio - Categoría IV - Planta Temporaria del Convenio Colectivo de Trabajo N° 11/13 del Ministerio de Educación, a cargo de la Dirección General de Administración dependiente de la Subsecretaría de Coordinación del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, a partir de la fecha del presente decreto; Que mediante Resolución XXIII N° 79/23-MAGIyC, se aceptó la renuncia del agente Juan Carlos FLORES JARA al cargo Director General de Administración dependiente de la Subsecretaría de Coordinación del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, a partir del día 01 de junio de 2023; Que el cargo se encuentra vacante y con masa presupuestaria destinada al mismo; Que a fojas 08 obran las debidas autorizaciones para la continuidad del presente trámite; Que a fojas 10 la Dirección General de Sumarios dependiente de la Asesoría General de Gobierno, informa que la agente Adriana Agostina FERNANDEZ, no registra antecedentes sumariales; Que no existen impedimentos legales ni reglamentarios para que se proceda a designar a la agente Adriana Agostina FERNANDEZ en el precitado cargo jerárquico; Que, por su parte, se le deberá abonar a la agente Adriana Agostina FERNANDEZ la diferencia salarial existente entre su cargo de revista en Planta Temporaria y el cargo jerárquico a subrogar, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 105° de la Ley I - N° 74, a partir de la fecha del presente decreto; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II - N° 282; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será afectado a la Jurisdicción: 67 - Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - SAF: 67 - Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - Programa: 1 - Conducción del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - Actividad: 1 - Conducción del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - Ejercicio 2023; Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención; Que la Asesoría General de Gobierno, ha tomado legal intervención en el presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Designar, a partir de la fecha del presente decreto, a la agente Adriana Agostina FERNÁNDEZ (DNI N° 31.636.677 - Clase 1985), quien revista en el cargo Personal de Servicio - Categoría IV - Planta Temporaria del Convenio Colectivo de Trabajo N° 11/13 del Ministerio de Educación, a cargo de la Dirección General de Administración dependiente de la Subsecretaría de Coordinación del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio.- Artículo 2°.-Abonar a la agente Adriana Agostina FERNANDEZ (DNI N° 31.636.677 - Clase 1985), la diferencia salarial existente entre su cargo de revista en Planta Temporaria y el cargo jerárquico a subrogar, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 105° de la Ley I - N° 74, a partir de la fecha del presente decreto.- Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será afectado a la Jurisdicción: 67 - Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - SAF: 67 - Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - Programa: 1 - Conducción del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio -Actividad: 1 - Conducción del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - Ejercicio 2023.- Artículo 4°,- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio y de Gobierno y Justicia.- Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.- DECRETO N° 821/2023 |
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