Buscar instrumentos legales

 

Tipo Número (ej.: 1-100) Título
   

Buscador avanzado >>

 

Decreto 860 / 2023 Mariano Arcioni (II) 

Imprimir detalle
Título: APRUEBESE la contratación directa de la compañía CAJA DE SEGUROS S.A para el otorgamiento de las Pólizas de Seguros, tendientes a la cobertura de la Flota Automotor de la Provincia
 
Fecha Registro: 25/07/2023
 
Detalle:

RAWSON,     25 JUL 2023
VISTO:
El Expediente N° 702-EC-2023; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la contratación de los seguros de responsabilidad civil, todo riesgo sin franquicia, todo riesgo con franquicia fija de $55.000 y tercero completo con cristales de la flota automotor de la Provincia del Chubut, conforme lo establecido por el Decreto N° 924/06 y a lo normado por el Artículo 94 de la Ley II N° 76;
Que atento a la urgencia en contar con cobertura de la flota automotor de la Provincia el Ministerio de Economía y Crédito Público, mediante Resolución N° 228/23-EC autoriza el presente trámite de conformidad a lo dispuesto por el artículo 95 apartado c) inciso 5) de la Ley II N° 76;
Que resulta procedente aprobar la presente contratación en los términos del artículo 105 de la Ley II N° 76;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°: APRUEBESE la contratación directa de la compañía CAJA DE SEGUROS S.A., CUIT N° 30-66320562-1, autorizada por el Ministerio de Economía y Crédito Público mediante Resolución N° 228/EC-23, para el otorgamiento de las Pólizas de Seguros, tendientes a la cobertura de la Flota Automotor de la Provincia, por el periodo comprendido entre el 01/05/2023 y 01/05/2024, por un monto total de PESOS CIENTO ONCE MILLONES OCHOCIENTOS SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS ($ 111.806.866) el cual será abonado en DOCE (12) cuotas, mensuales y consecutivas.-
Artículo 2°: ENCUADRESE el presente trámite en el Artículo 95° Apartado c), inciso 5) de la Ley II N° 76.-
Artículo 3°: IMPUTESE el gasto que demande el presente Decreto, para el Ejercicio 2023, por la suma de PESOS SETENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUARENTA Y SIETE CON 35/100 ($72.293.047,35), en la Jurisdicción 91-SAF 91 - Programa 93 - Actividad 01 - IPP 3.5.4.-FF111., la suma de PESOS DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO ($10.874.278,00), en la Actividad 02 - IPP 3.5.4.-FF111., la suma de PESOS VEINTISEIS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS ($26.947.472,00), en la Actividad 03 - IPP 3.5.4.-FF111., la suma de PESOS SEIS MILLONES CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO VEINTE CON 67/100 ($6,188,120,67), en la Actividad 04 - IPP 3.5.4.-FF111., la suma de PESOS SEISCIENTOS NUEVE MIL NOVENTA CON 67/100 ($609.090,67), en la Actividad 05 - IPP 3.5.4.-FF111., la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES CON 33/100 ($3.674.943,33), en la Actividad 06 - IPP 3.5.4.-FF111., la suma de PESOS OCHO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS VEINTE CON 67/100 ($8.253.620,67), en la Actividad 07 - IPP 3.5.4.-FF111., la suma de PESOS TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL SETECIENTOS CATORCE CON 67/100 ($327.714,67), en el Programa 99 - Actividad 01 - IPP 3.5.4.-FF111„ la suma de PESOS DIEZ MILLONES CUATROCIENTOS NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS CON 67/100 ($10.409.922,67), en la Actividad 02 - IPP 3.5.4.-FF11T., la suma de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO CON 67/100 ($4.264.528.67), en la Actividad 05 - IPP 3.5.4.-FF111., la suma de PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE CON 33/100 ($125.327,33) en la Actividad 10 - IPP 3.5.4.-FF111., la suma de PESOS SEISCIENTOS DIECIOCHO MIL VEINTIOCHO CON 67/100 ($618.028,67), la Subsecretaría de Gestión Presupuestaria del Ministerio de Economía y Crédito Público preverá el gasto que demande para el Ejercicio 2024.-
Artículo 4°: El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 5°: REGISTRESE, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO N°     860.
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 924/2006

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)