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Título: Reubicar en la jerarquía de Oficial Ayudante en la Agrupación Servicios - Escalafón Técnico a la Sargento Primero MONTENEGRO, Marisol Daniela de la Policía de la Provincia del Chubut |
Fecha Registro: 02/08/2023 |
Detalle: RAWSON, 02 AGO 2023 VISTO: El expediente N° 222/2022 JP; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el visto se propone la reubicación jerárquica de la Sargento Primero MONTENEGRO, Marisol Daniela, en el grado de Oficial Ayudante en la Agrupación Servicios - Escalafón Técnico de la Policía de la Provincia del Chubut, dependiente del Ministerio de Seguridad; Que la Plana Mayor Policial mediante Acta N° 02/2021 hizo lugar al pedido de reubicación solicitado; Que la reubicación jerárquica solicitada se encuentra prevista en los artículos 20° y 45° de la Ley XIX N° 8; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a la Jurisdicción 9 - Ministerio de Seguridad - SAF 21 - Policía de la Provincia del Chubut - Programa 5 - Conducción y Administración de Policía - Actividad 1 - Conducción y Administración de Policía. Ejercicio 2023; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por la Ley II N°282; Que la solicitud interpuesta cuenta con la autorización correspondiente por parte del Señor Jefe de Policía y el Señor Ministro de Seguridad; Que ha tomado debida intervención la Asesoría Letrada de la Institución Policial; Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°: Reubicar a partir de la fecha del presente decreto en la jerarquía de Oficial Ayudante en la Agrupación Servicios - Escalafón Técnico a la Sargento Primero MONTENEGRO, Marisol Daniela (D.N.I. N° 22.934.781 - Clase 1972), de la Agrupación Servicios - Escalafón Administrativo de la Policía de la Provincia del Chubut, dependiente del Ministerio de Seguridad.- Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a la Jurisdicción 9 -Ministerio de Seguridad- SAF 21-Policía de la Provincia del Chubut - Programa 5 - Conducción y Administración de Policía - Actividad 1 - Conducción y Administración de Policía. Ejercicio 2023.- Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Seguridad y de Gobierno y Justicia.- Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.- DECRETO N° 912 |
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