Imprimir detalle |
Título: Incorpórase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2023 |
Fecha Registro: 29/08/2023 |
Detalle: RAWSON, 29 AGO 2023 VISTO: El Expediente N° 2512-ME-2023; y CONSIDERANDO: Que por Ley II N° 282, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2023; Que por el expediente N° 2512-ME-2023, el Ministerio de Educación solicita incremento presupuestario en la Fuente de Financiamiento 4,13 ya que los ingresos han superado la estimación para el presente ejercicio y a fin de afrontar la devolución a la Tesorería General del incentivo docente correspondiente a los meses de agosto a diciembre del presente año; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 15 inciso b) de la Ley II N° 282, se autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar al Presupuesto los recursos con fines específicos cuando la proyección de los mismos supere el monto originalmente previsto; esta modificación será comunicada dentro de los treinta (30) días a ia Honorable Legislatura para su conocimiento; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Incorpórase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2023, la suma de PESOS MIL QUINIENTOS MILLONES ($ 1.500.000.000.-) en la Jurisdicción 50, S.A.F. 50 - SAF Ministerio de Educación, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 y 2, que forman parte del presente Decreto.- Artículo 2°.- Modificase el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2023, en la Jurisdicción 50 - SAF 50 - Ministerio de Educación, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 y 2 que forman parte del presente Decreto; Artículo 3°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.- Artículo 4°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado én los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia. Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y afianzas, cumplida ARCHÍVESE.- DECRETO N° 1029/2023 Planilla Anexa N° 1 Modificación Presupuestaria N° 31591 Incremento - Ejercicio 2023 Recursos: 1.50.050 Ministerio de Educación Gastos: 1.50.050 Ministerio de Educación Partida Monto 1. Recursos: Ministerio de Educación 17.2.1.59.4.13 AO: Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología - FinFun: - C.Eco: 1.1 .$ 1.500.000.000,00 Total: .$ 1.500.000.000,00 2. Gastos: Ministerio de Educación 93.00.00.A01.9.1.1.01.4.13 AO: Incentivo Docente - FinFun: 3.4.1 - C.Eco : 2.1 .$ 1.500.000.000,00 Total: .$ 1.500.000.000,00 Planilla Anexa N° 2 Modificación Presupuestaria N° 31605 Compensación - Ejercicio 2023 Compensación sobre Recursos: 1 Administración Central Partida Monto 1. Origen: Administración Central 36.1.1.01.1.11 AO: Colocación de Deuda Interna a Corto Plazo - FinFun: - C.Eco : 1.3 ..$-1.500.000.000,00 Total: ..$-1.500.000.000,00 2. Destino: Administración Central 41.1.1.01.1.11 AO: Contribuciones de la Administración Central para Financiaciones Corrientes - FinFun: - C.Eco : 1.1 .$ 1.500.000.000,00 Total: .$ 1.500.000.000,00 |
|