Imprimir detalle |
Título: Mensualizar a la señorita Tamara Daiana SANDOVAL en el cargo Ayudante Administrativo, del Plantel Básico de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente |
Fecha Registro: 10/09/2023 |
Detalle: RAWSON, 10 SEP 2023 VISTO: El Expediente N° 3726-MGyJ-2022; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita la mensualización de la señorita Tamara Daiana SANDOVAL, en el cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004, Clase IV, Agolpamiento Personal Técnico Administrativo, Planta Temporaria del Plantel Básico de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno y Justicia, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023; Que la señorita Tamara Daiana SANDOVAL cumple con los requisitos exigidos por el Artículo 2o de la Ley I N° 74; Que el presente trámite cuenta con las autorizaciones correspondientes; Que atento a ello se hace necesario modificar el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 18: Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Actividad 1: Registro Civil- Comarca del VTRCH- Valdés; Que se hace necesario modificar el Plantel Básico de la Planta Permanente de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno y Justicia, eliminándose un (1) cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004, Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo Planta Permanente, e incrementándose el mismo cargo en la Planta Temporaria del mismo Plantel Básico; Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Justicia ha tomado intervención; Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Modificar el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 18: Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Actividad 1: Registro Civil- Comarca del VTRCH- Valdés, conforme al Anexo A que forma parte integrante del presente decreto. Artículo 2°.- Modificar el Plantel Básico de la Planta Permanente de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno y Justicia, eliminándose un (1) cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004, Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo Planta Permanente, e incrementándose el mismo cargo en la Planta Temporaria del mismo Plantel Básico, conforme al Anexo A que forma parte integrante del presente decreto. Artículo 3°.- Mensualizar a la señorita Tamara Daiana SANDOVAL (DNI N° 37.347.878- Clase 1996), en el cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004, Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, Planta Temporaria del Plantel Básico de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno y Justicia, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023. Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será afectado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 18: Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Actividad 1: Registro Civil- Comarca del VIRCH- Valdés. Ejercicio 2023. Artículo 5°.- Anótese en la marginal del Decreto N°- 02/23, la modificación que por este acto se propicia. Artículo 6°.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los departamentos de Gobierno y Justicia y de Economía y Crédito Público. Artículo 7°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE. DECRETO N° 1133 |
|