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Título: Aprobar la contratación directa con la firma comercial “BERSA S.A.”,por la compra de pistolas semiautomáticas |
Fecha Registro: 26/09/2023 |
Detalle: RAWSON, 26 SEP 2023 VISTO: El expediente N° 1378/2023 JP-AF, la Resolución N° 503/2023 MSeg.; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el visto, se tramita la aprobación de la contratación directa autorizada por el señor Ministro de Seguridad mediante Resolución N° 503/2023-MSeg. de fecha 28 de agosto del 2023, con la firma comercial “BERSA S.A.”, CUIT N° 30-50397327-4, por la compra de trescientas veintiséis (326) pistolas semiautomáticas calibre 9 mm para ser destinados al personal a egresar del ciclo lectivo en curso en la Policía de la Provincia, en el marco del apartado 5), inciso c) del artículo N° 95 de la Ley II N° 76 y concordantes del Decreto N° 777/06; Que a fojas 06 obra la imputación preventiva del gasto de fecha 21 de junio del 2023; Que a fojas 11 obra las autorizaciones para la continuidad del presente trámite; Que la oferta y/o cotización efectuadas por la firma comercial “BERSA S.A.”, CUIT N° 30-50397327-4, se encuentra vigente a la fecha; Que el presente trámite corresponde que sea encuadrado normativamente en el artículo N° 105° de la Ley II - N° 76 y concordantes del Decreto N° 777/06; Que la Dirección General de Legales del Ministerio de Seguridad ha intervenido en las presentes actuaciones; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno de la Provincia del Chubut; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°: Aprobar la contratación directa autorizada por el señor Ministro de Seguridad mediante Resolución N° 503/2023-MSeg. de fecha 28 de agosto del 2023, con la firma comercial “BERSA S.A.”, CUIT N° 30-50397327-4, por la suma de PESOS CIENTO VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y DOS MTT, ($ 124.532.000,00), para la compra de trescientas veintiséis (326) pistolas semiautomáticas calibre 9 mm para ser destinados al personal a egresar del ciclo lectivo en curso en la Policía de la Provincia, en el marco del apartado 5), inciso c) del artículo N° 95 de la Ley II - N° 76 y concordantes del Decreto N° 777/06 y de conformidad con el artículo N° 105° de la Ley II - N° 76.- Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará de acuerdo al siguiente detalle: PESOS CIENTO VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL ($ 124.532.000,00) - Ejercicio 2023 - Jurisdicción 09 - SAF 21 -Programa 23 - Fuente de Financiamiento 3.68 - Inciso 4 - Partida Principal 4 - Parcial 1 - Subparcial 01.- Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado Departamentos de Seguridad y de Gobierno y Justicia.- Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.- DECRETO N° 1187/2023 |
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