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Título: Modificase el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2023 |
Fecha Registro: 11/10/2023 |
Detalle: RAWSON, 11 OCT 2023 VISTO: El expediente N° 3685-MIEP-2023; y CONSIDERANDO: Que por Ley II N° 282, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados, modificada por la Ley II N° 289 para el ejercicio 2023; Que por el expediente N° 3685-MIEP-2023, la Subsecretaría de Servicios Públicos realiza una compensación presupuestaria en la Fuente de Financiamiento 3.68, a efectos de dar cumplimiento al Convenio entre la Provincia y la Sociedad Cooperativa Popular Limitada de Comodoro Rivadavia a fines de ser aplicados en forma exclusiva y excluyente a la ejecución de la obra: “Alimentador para Resonador Hospital Regional Comodoro Rivadavia”; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, apartado 2, inciso d) de la Ley II N° 282, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Personal, Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras; y cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Modificase el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2023, en la Jurisdicción 8, S.A.F. 31 - SAF Subsecretaría de Servicios Públicos y en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa N° 1, que forma parte del presente Decreto.- Artículo 2°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.- Artículo 3°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.- Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.- DECRETO N° 1253 Planilla Anexa N° 1 Modificación Presupuestaria N° 32046 Compensación Interjurlsdlccional - Ejercicio 2023 Gastos: 1.91.091 Obligaciones a Cargo del Tesoro Gastos: 1.08.031 Subsecretaría de Servicios Públicos Partida Monto 1. Origen: Obligaciones a Cargo del Tesoro 96.00.00.A02.5.2.5.01.3.68 AO: Convenios con el Sector Privado - FinFun: 1.3.1 - C.Eco : 2.2 . $-113.967.629,00 Total: $-113.967.629,00 2. Destino: Subsecretaría de Servicios Públicos 16.00.00.A01.5.2.5.01.3.68 AO: Conducción, Ejecución y Evaluación de la Política de Energía Eléctrica - FinFun: 4.1.1 - C.Eco : 2.2 . $ 113.967.629,00 Total: $ 113.967.629,00 |
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