Buscar instrumentos legales

 

Tipo Número (ej.: 1-100) Título
   

Buscador avanzado >>

 

Decreto 1447 / 2023 Mariano Arcioni (II) 

Imprimir detalle
Título: Declárese la emergencia hídrica en el área sur de la Provincia del Chubut
 
Fecha Registro: 22/11/2023
 
Detalle:

RAWSON, 22 NOV 2023

VISTO:

El Expediente N° 4378/2023 - MIEP; y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la declaración de estado de emergéncia hídrica en el área sur de la Provincia para el sistema de toma, transporte y provi¬sión de agua que comprende desde el Lago Musters a las ciudades de Comodoro Rivadavia, Rada Tilly, Sarmiento y Caleta Olivia, a partir de la fecha del presente y por el término de un (1) año, en virtud de la problemática por roturas acaecidas en el mencionado sistema; y a efectos de mitigar las posibles consecuencias;
Que el sistema de operación y mantenimiento del acueducto se encuentra concesión mediante, a cargo de la Sociedad Cooperativa Popular Limitada de Comodoro Rivadavia (SCPL), en el marco del contrato aprobado por la Ley I N° 545;
Que de acuerdo a lo señalado por el Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación en las actuaciones, en virtud de los informes técnicos emitidos, es necesario adoptar con urgencia medidas que permitan resolver la problemática planteada, que se ha tornado frecuente; debido a que tiene injerencia directa en la prestación de servicios esencia¬les, entre otros y, como consecuencia de ello, afecta la vida cotidiana de la población y las actividades que ésta desarrolla;
Que resulta responsabilidad del Estado Provincial disponer de las medidas necesarias a los fines de revertir la situación, y de resguardar los derechos de cada uno de los ciudadanos, a tal fin resulta pertinente declarar la emergencia hídrica en el sistema de acueductos en la zona mencionada;
Que en virtud de los antecedentes arrimados por el Ministerio de Infraestructura Energía y Planificación, resulta necesario facultarlo para que a través de la Subsecretaría de Servicios Públicos arbitre las medidas necesarias a los fines de llevar adelante de forma urgente todas aquellas acciones, como contrataciones de obras, servicios e insumes, que resulten menester en el marco del presente, con el objeto de resolver la situación des¬cripta en referencia a las averías en el sistema de toma, transporte y provisión de agua, y demás cuestiones que generan la problemática que es de público y notorio-conocimiento, y revertir las consecuencias por ella producidas;
Que a los fines del cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, el Ministerio de Economía y Crédito Público, en el marco de su competencia y de las previsiones legales vigentes, podrá reasignar y/o compensar las partidas presupuestarias que fuere necesario;
Que el presente decreto se dicta de conformidad a lo dispuesto en el inciso 1o del artículo 155 de la Constitución de la Provincia del Chubut;


Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Legislación y Despacho del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Declárese la emergencia hídrica en el área sur de la Provincia del Chubut, para el sistema de toma, transporte y provisión de agua comprendido desde el Lago Musters a la ciudad de Comodoro Rivadavia, Rada Tilly, Sarmiento, Caleta Olivia y zonas aledañas, a partir de la fecha del presente y por el término de un (1) año, de conformidad a los considerandos que anteceden.
Artículo 2°,- Facúltese al Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación para que a
través de la Subsecretaría de Servicios Públicos se adopten las medidas necesarias a los fines de llevar adelante de forma urgente contrataciones de obras, servicios e insumos que resulten menester en el marco de lo dispuesto en este acto administrativo.
Artículo 3°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Infraestructura, Energía y Planificación, de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.
Artículo 4°.- RÉGÍSTRESE, notifíquese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido
ARCHIVESE.

DECRETO N° 1447/2023
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Ley I 545

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

Decreto 1638/2023 (Genérica)