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Título: Declárese la emergencia hídrica en el área sur de la Provincia del Chubut |
Fecha Registro: 22/11/2023 |
Detalle: RAWSON, 22 NOV 2023 VISTO: El Expediente N° 4378/2023 - MIEP; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita la declaración de estado de emergéncia hídrica en el área sur de la Provincia para el sistema de toma, transporte y provi¬sión de agua que comprende desde el Lago Musters a las ciudades de Comodoro Rivadavia, Rada Tilly, Sarmiento y Caleta Olivia, a partir de la fecha del presente y por el término de un (1) año, en virtud de la problemática por roturas acaecidas en el mencionado sistema; y a efectos de mitigar las posibles consecuencias; Que el sistema de operación y mantenimiento del acueducto se encuentra concesión mediante, a cargo de la Sociedad Cooperativa Popular Limitada de Comodoro Rivadavia (SCPL), en el marco del contrato aprobado por la Ley I N° 545; Que de acuerdo a lo señalado por el Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación en las actuaciones, en virtud de los informes técnicos emitidos, es necesario adoptar con urgencia medidas que permitan resolver la problemática planteada, que se ha tornado frecuente; debido a que tiene injerencia directa en la prestación de servicios esencia¬les, entre otros y, como consecuencia de ello, afecta la vida cotidiana de la población y las actividades que ésta desarrolla; Que resulta responsabilidad del Estado Provincial disponer de las medidas necesarias a los fines de revertir la situación, y de resguardar los derechos de cada uno de los ciudadanos, a tal fin resulta pertinente declarar la emergencia hídrica en el sistema de acueductos en la zona mencionada; Que en virtud de los antecedentes arrimados por el Ministerio de Infraestructura Energía y Planificación, resulta necesario facultarlo para que a través de la Subsecretaría de Servicios Públicos arbitre las medidas necesarias a los fines de llevar adelante de forma urgente todas aquellas acciones, como contrataciones de obras, servicios e insumes, que resulten menester en el marco del presente, con el objeto de resolver la situación des¬cripta en referencia a las averías en el sistema de toma, transporte y provisión de agua, y demás cuestiones que generan la problemática que es de público y notorio-conocimiento, y revertir las consecuencias por ella producidas; Que a los fines del cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, el Ministerio de Economía y Crédito Público, en el marco de su competencia y de las previsiones legales vigentes, podrá reasignar y/o compensar las partidas presupuestarias que fuere necesario; Que el presente decreto se dicta de conformidad a lo dispuesto en el inciso 1o del artículo 155 de la Constitución de la Provincia del Chubut; Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Legislación y Despacho del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Declárese la emergencia hídrica en el área sur de la Provincia del Chubut, para el sistema de toma, transporte y provisión de agua comprendido desde el Lago Musters a la ciudad de Comodoro Rivadavia, Rada Tilly, Sarmiento, Caleta Olivia y zonas aledañas, a partir de la fecha del presente y por el término de un (1) año, de conformidad a los considerandos que anteceden. Artículo 2°,- Facúltese al Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación para que a través de la Subsecretaría de Servicios Públicos se adopten las medidas necesarias a los fines de llevar adelante de forma urgente contrataciones de obras, servicios e insumos que resulten menester en el marco de lo dispuesto en este acto administrativo. Artículo 3°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Infraestructura, Energía y Planificación, de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia. Artículo 4°.- RÉGÍSTRESE, notifíquese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE. DECRETO N° 1447/2023 |
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