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Decreto 1657 / 2023 Ignacio Torres 

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Título: Designar, a partir de la fecha del presente decreto, a la señora Carla Antonela MATARESE
 
Fecha Registro: 26/12/2023
 
Detalle:

RAWSON, 26 DIC 2023

El Artículo 155 inciso 3° de la Constitución de la Provincia del Chubut; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 155 inciso 3° de la Constitución Provincial faculta al Poder Ejecutivo a nombrar y remover a los funcionarios de la Administración Pública Provincial;
Que resulta oportuno designar a las personas que se desempeñen como Personal de Gabinete de la Secretaría de Coordinación de Gabinete;
Que de acuerdo a lo expuesto resulta pertinente designar a la señora Carla Antonela MATARESE, en el cargo Personal de Gabinete en la Secretaría de Coordinación de Gabinete, a partir de la fecha del presente decreto;
Que la señora Carla Antonela MATARESE, percibirá una remuneración equivalente al cargo de Subsecretario;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por Ley II N° 282, modificada por Ley II N° 289;
Que la presente designación se realiza en los términos previstos en el Artículo 66 de la Ley I N° 74;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha intervenido en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°: Designar, a partir de la fecha del presente decreto, a la señora Carla Antonela MATARESE (D.N.I. N° 28.075.248 - Clase 1979), como Personal de Gabinete de la Secretaría de Coordinación de Gabinete, en los términos previstos en el Artículo 66 de la Ley I N° 74.-
Artículo 2°: La señora Carla Antonela MATARESE (D.N.I. N° 28.075.248 - Clase 1979) percibirá una remuneración equivalente al cargo de Subsecretario. -
Artículo 3°: El presente Decreto será refrendado por Señor Ministro Secretario de Estado
en el Departamento de Gobierno. -
Artículo 4o: Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE,-

DECRETO N° 1657/2023
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