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Título: Sustituyese el Anexo C (Hoja N° 107) del Decreto N° 1700/23 |
Fecha Registro: 01/02/2024 |
Detalle: RAWSON, 01 FEB 2024 VISTO: El Expediente N° 309/24- SGG; y CONSIDERANDO: Que, por el expediente citado en el visto, se solicita sustituir el Anexo C (Hoja N° 107) del Decreto N° 1700/23 las cuales quedara redactadas conforme al Anexo A, que forma parte integrante del presente decreto; Que es necesario actualizar las Misiones y Funciones para el correcto desempeño de la Subsecretaría de Coordinación y Enlace; Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1 ° - Sustituyese el Anexo C (Hoja N° 107) del Decreto N° 1700/23, el cual quedará redactado conforme al Anexo A, que forma parte integrante del presente decreto.- Artículo 2°.- Anótese en la marginal del Decreto N° 1700/23 la sustitución del Anexo A, que por este acto se dispone. - Artículo 3°. - El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno. - Artículo 4°. – Regístrese comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE. - DECRETO N° 71/24 ANEXO A SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO SUBSECRETARÍA DE COORDINACION Y ENLACE MISIONES: Coordinar la ejecución de los instrumentos que den cumplimiento a los objetivos alineados directamente por el Señor Secretario General de Gobierno. Organizar y atender el Despacho Administrativo del Señor Secretario General de Gobierno. FUNCIONES: Asistir al Señor Secretario General de Gobierno, coordinando y haciendo ejecutar las tareas administrativas y llevando el control operativo de la documentación de todas las áreas. Definir, ajustar, verificar y coordinar operativamente con todas las áreas de gobierno, los proyectos a ejecutar sobre la base de lo encomendado por el Señor Secretario General de Gobierno. Coordinar y colaborar con los Señores Ministros, Secretarios y/o Presidentes de Entes Autárquicos y demás autoridades superiores, los movimientos operativos de todos los trabajos y piezas administrativas que se tramiten en función de las políticas fijadas por el Secretario General de Gobierno. Redactar la documentación administrativa reservada o pública que se le encomiende. Coordinar el control de gestión de la totalidad de las actividades desarrolladas por cada una de las áreas de los Ministerios dependientes del Poder Ejecutivo Provincial de acuerdo a las necesidades y directrices encomendadas, en cada caso, por el señor Secretario General de Gobierno. Solicitar a los titulares de los Ministerios y Secretarías de Estado dependientes del Poder Ejecutivo Provincial como asimismo a los titulares de los Entes Autárquicos, Descentralizados, Sociedades Estatales y Sociedades con participación mayoritaria estatal, toda información necesaria para efectuar los controles formales que le sean requeridos por el Secretario General de Gobierno. Asistir en forma inmediata y directa a las necesidades comunicacionales del Señor Secretario General de Gobierno por los medios de prensa gráfica, radial y televisiva. |
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